Resolución N.° 002629-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
26 de junio de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N° 01866-2024-JUS/TTAIP de fecha 23 de abril de 2024, interpuesto por VÍCTOR RAUL CALDERON PROAÑO, contra la respuesta contenida en la CARTA N° 00384-2024/SBN-GG-UTD de fecha 23 de abril de 2024, a través de la cual la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES - SBN, atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 15 de abril de 2024.
Con fecha 15 de abril de 2024, el recurrente requirió a la entidad la siguiente información:
“Solicito todos los exámenes de certificación de la IV Convocatoria 2024, que se realizaron el 15 de abril de 2024”. [sic]
Mediante la CARTA N° 00384-2024/SBN-GG-UTD de fecha 23 de abril de 2024, el Jefe (e) de la Unidad de Trámite Documentario de la entidad trasladó lo señalado por:
“(…) la Subdirección de Normas y Capacitación - SDNC, quienes mediante Memorándum N°00281-2024/SBN-DNR-SDNC, el cual se anexa al presente, dieron respuesta a su requerimiento, indicando lo siguiente: "Habiéndose advertido que el postulante Víctor Raúl Calderón Proaño con fecha anterior ya habría solicitado el examen de certificación, es de reiterar que las preguntas empleadas en los exámenes de certificación se obtienen de una banco de preguntas el cual puede caer en desuso, al proporcionarse de forma reiterada las preguntas que este alberga al público en general, ante lo cual se podría en peligro que cada postulante sea evaluado de forma igualitaria y transparente.”
Con fecha 15 de abril de 2024, el recurrente requirió a la entidad la siguiente información:
“Solicito todos los exámenes de certificación de la IV Convocatoria 2024, que se realizaron el 15 de abril de 2024”. [sic]
Mediante la CARTA N° 00384-2024/SBN-GG-UTD de fecha 23 de abril de 2024, el Jefe (e) de la Unidad de Trámite Documentario de la entidad trasladó lo señalado por:
“(…) la Subdirección de Normas y Capacitación - SDNC, quienes mediante Memorándum N°00281-2024/SBN-DNR-SDNC, el cual se anexa al presente, dieron respuesta a su requerimiento, indicando lo siguiente: "Habiéndose advertido que el postulante Víctor Raúl Calderón Proaño con fecha anterior ya habría solicitado el examen de certificación, es de reiterar que las preguntas empleadas en los exámenes de certificación se obtienen de una banco de preguntas el cual puede caer en desuso, al proporcionarse de forma reiterada las preguntas que este alberga al público en general, ante lo cual se podría en peligro que cada postulante sea evaluado de forma igualitaria y transparente.”
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala