Resolución N.° 002535-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

21 de junio de 2024

VISTO el Expediente de Apelación N° 02287-2024-JUS/TTAIP de fecha 23 de mayo de 2024, interpuesto por HUGO ALFREDO CASTAÑEDA TORRES contra la comunicación contenida en el correo electrónico de fecha 2 de mayo de 2024, mediante el cual la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA atendió su solicitud de acceso a la información pública registrada con Expediente N° 08-2024-252032.
Mediante Expediente N° 08-2024-252032, el recurrente solicitó se remita a su correo electrónico la siguiente información:
“Valor obtenido por cada componente y eje del Sistema de Control Interno de cada entidad del gobierno nacional (PCM, ministerios, organismos técnicos especializados, organismos ejecutores y organismos reguladores) en función a los resultados de las preguntas del cuestionario respecto a las evaluaciones anuales de los periodos 2020, 2021 y 2022”.
Mediante la comunicación contenida en el correo electrónico de fecha 2 de mayo de 2024, la entidad atendió el requerimiento, señalando:
“La Subgerencia de Prevención e Integridad, como unidad orgánica que posee la información, ha remitido en atención a su pedido, lo siguiente:
Resultado de las respuestas a las preguntas del cuestionario de Evaluación del Resultado de las respuestas a las preguntas del cuestionario de Evaluación de la Implementación del Sistema de Control Interno de los periodos 2020, 2021 y 2022 de las entidades del gobierno nacional que se encuentran bajo el alcance de la Directiva N° 006-2019-CG/INTEG.
Resultado por componente de las respuestas a las preguntas del cuestionario de Evaluación de la Implementación del Sistema de Control Interno de los periodos 2020, 2021 y 2022 de las entidades del gobierno nacional que se encuentran bajo el alcance de la Directiva N° 006-2019-CG/INTEG.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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