Resolución N.° 002720-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

12 de junio de 2024

VISTO el Expediente de Apelación N° 01976-2024-JUS/TTAIP de fecha 5 de mayo de 2024, interpuesto por ROLANDO CONCHA LÓPEZ contra el Memorando N° 0500-2024-MTC/17.02 de fecha 2 de mayo de 2024, mediante el cual el MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES atendió la solicitud de acceso a la información pública encausada con OFICIO MULTIPLE N° D000044-2024-PCM-OPII de fecha 29 de abril de 2024
Con fecha 26 de abril de 2024, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la Presidencia del Consejo de Ministros, la siguiente información:
“Solicito que el MTC, el GORE Lima provincias, la Muni Lima Metropolitana y la Muni de Canete, me hagan llegar autorización del vehículo de placa BWP536, responsable de la muerte de Los turistas Eliseo Valladares Barberena (papá), Magdalena Cuya Ayala (mamá), Rosemary Valladares Cuya (hija) y Antony Dellepiane Barbarán (esposo).
A quienes se les sumaron los docentes Yenli Bustamante Natividad y Jhon Álex Pacheco Muñoz murieron en el kilómetro 172 de la carretera Cañete Huancayo luego de abordar el viernes 22 de marzo 2024, en el terminal terrestre Plaza Norte (Independencia), la minivan de placa BWP536 que cayó al río Cañete. Estas muertes ocurrieron pues los turistas compraron un paquete turístico Lima Laraos de la Agencia de viajes ilegal “Luisito Viaja”, que a su vez subcontrató los servicios de la empresa de transporte turístico informal CONSORCIO ANTONIO TRAVEL SAC RUC 20609383349. Además, murieron Solange Vilela Aguirre (guía de turismo) y
Miguel Ángel León Travesaño (chofer).
Mediante OFICIO MULTIPLE N° D000044-2024-PCM-OPII de fecha 29 de abril de 2024, la Presidencia del Consejo de Ministros encausó dicha solicitud a la entidad.



Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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