Resolución N.° 003324-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
16 de julio de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 02580-2024-JUS/TTAIP de fecha 14 de junio de 2024, interpuesto por FREDDY VELÁSQUEZ VARAS, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada al GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH – DIRECCIÓN REGIONAL DE PRODUCCIÓN con fecha 28 de mayo de 2024.
Con fecha 28 de mayo de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“(…) SOLICITARLE se me brinde una copia del Contrato de Trabajo u Órden de Servicio, mediante las cuales su Despacho Regional realiza el Contrato del señor Luis Alberto Sandoval Ugaz como empleado de la Dirección Regional de Producción para que desarrolle funciones puntuales y específicas, en el periodo comprendido entre los meses de abril 2023 hasta el mes de mayo del 2024.
Asimismo, debo manifestarle que mi pedido debe contener la relación de funciones autorizadas por su Despacho Regional y que deben estar detalladas en el Contrato de Trabajo u Orden de Servicio. (…)”. (sic)
El 14 de junio de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, alegando que la funcionaria responsable de atender solicitudes de acceso a la información y sus funcionarios continuamente niegan la entrega de la información a los usuarios, lo que daría lugar a la aplicación de medidas disciplinarias y penales por parte de Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Con fecha 28 de mayo de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“(…) SOLICITARLE se me brinde una copia del Contrato de Trabajo u Órden de Servicio, mediante las cuales su Despacho Regional realiza el Contrato del señor Luis Alberto Sandoval Ugaz como empleado de la Dirección Regional de Producción para que desarrolle funciones puntuales y específicas, en el periodo comprendido entre los meses de abril 2023 hasta el mes de mayo del 2024.
Asimismo, debo manifestarle que mi pedido debe contener la relación de funciones autorizadas por su Despacho Regional y que deben estar detalladas en el Contrato de Trabajo u Orden de Servicio. (…)”. (sic)
El 14 de junio de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, alegando que la funcionaria responsable de atender solicitudes de acceso a la información y sus funcionarios continuamente niegan la entrega de la información a los usuarios, lo que daría lugar a la aplicación de medidas disciplinarias y penales por parte de Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala