Resolución N.° 003069-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

28 de junio de 2024

VISTO el Expediente de Apelación Nº 02402-2024-JUS/TTAIP de fecha 3 de junio de 2024, interpuesto por JOAKIM SALVADOR ABRAHAM ZAMBRANO UGARTE, contra el correo electrónico de fecha 17 de mayo de 2024, mediante el cual la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL - SUNAFIL dio atención a su solicitud presentada con fecha 14 de mayo de 2024, registrada con Hoja de ruta N° 0000093468-2024.

Con fecha 14 de mayo de 2024, el recurrente solicitó se remita a su correo electrónico la siguiente información:
“- Cantidad de solicitudes de acceso a la información pública (SAIP) atendidas en SUNAFIL; disgregar según información entregada completa/parcial y denegada (según lo solicitado por lo administrados).
- Indicar y entregar archivo digital del documento de gestión pública de SUNAFIL (directiva, lineamiento u otro que regulan el procedimiento de atención de SAIP en SUNAFIL. (…)”
La referida solicitud fue observada por la entidad y subsanada por el recurrente mediante el correo electrónico de fecha 14 de mayo de 2024, precisando al respecto, lo siguiente: “Cumplo con lo solicitado. Al primer guion, preciso el periodo: desde el 2021 al 2023 y del 2024 (enero 2024-abril 2024). Al segundo guion, información/documentación desde 2014 que empezó SUNAFIL hasta el 2024, en orden cronológico, lo cual no implica realizar un análisis de lo solicitado.”

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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