Resolución N.° 002945-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
24 de junio de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N° 02090-2024-JUS/TTAIP de fecha 13 de mayo de 2024, interpuesto por JORGE LUIS SANCHEZ COLLAZOS, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la NOTARIA LUQUE RAZURI con fecha 15 de abril de 2024.
Con fecha 15 de abril de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le proporcione por e mail la siguiente información:
“(...) copia del expediente completo y/o Kardex o protocolo notarial, o donde obre, de la solicitud de sucesión intestada de José Alberto Sánchez Pataro, con sus anexos, actuaciones notariales, escritos completos, iniciada por Marícarmen Sánchez García Godos, (…)” (sic)
El 13 de mayo de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la RESOLUCIÓN Nº 02566-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos2, los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.
Con fecha 15 de abril de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le proporcione por e mail la siguiente información:
“(...) copia del expediente completo y/o Kardex o protocolo notarial, o donde obre, de la solicitud de sucesión intestada de José Alberto Sánchez Pataro, con sus anexos, actuaciones notariales, escritos completos, iniciada por Marícarmen Sánchez García Godos, (…)” (sic)
El 13 de mayo de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la RESOLUCIÓN Nº 02566-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos2, los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala