Resolución N.° 002802-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

17 de junio de 2024

VISTO el Expediente de Apelación Nº 01828-2024-JUS/TTAIP de fecha 23 de abril de 2024, interpuesto por OCTAVIO ROJAS CABALLERO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante el SEGURO SOCIAL DE SALUD – ESSALUD con fecha 20 de marzo de 2024, registrada con Hoja de Trámite N°24275-2024.
Con fecha 20 de marzo de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la entrega de la siguiente información:
“(…)
1. Toda información documentada que acredita las actuaciones derivadas de la DENUNCIA interpuesta en CARTA No 01-ORC-2022 del 19/12/2022 con Número de Trámite 0179-2022-NIT-O0031450 y su antecedente la CARTA No 03-ORC-2022, esto es, «toda» la información de actuaciones de mero trámite y sobre «toda» diligencia de investigación preliminar (incluye el requerimiento de documentación probatoria o indiciaria a terceros y todo involucrado en la denuncia), así como, el «Informe de Precalificación» conteniendo el sustento de procedencia de apertura del Procedimiento Administrativo Disciplinario (PAD) y la propuesta/recomendación de: notificación de cargos imputados al servidor civil mediante Acto o Resolución motivada.
2. Todo documento más anexo de sustento del Secretario Técnico que brida respuesta a la DENUNCIA formulada en CARTA No 01-ORC-2022 del 19/12/2022 con observancia del plazo no mayor de treinta (30) días hábiles [Art. 101° D.S. 040-2024-PCM].
3. Todo documento que acredita el inicio del PAD y de la Resolución que pone fin a dicho procedimiento.”. (sic)

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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