Resolución N.° 001264-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
1 de abril de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N° 00864-2024-JUS/TTAIP de fecha 26 de febrero de 2024, interpuesto por JUAN RAMOS PAIVA, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PAITA de fecha 06 de febrero de 2024.
Con fecha 06 de febrero de 20241, el recurrente solicitó se le remita la siguiente información:
“(…)
REFERENCIA: CARTA N° 312-2024/JRP, DE FECHA 27 DE DICIEMBRE DE 2023.
(…), solicito se me brinde a través de mi correo electrónico, COPIAS FEDATEADAS, de la información que acredite que el documento de la referencia fue debidamente notificado al alcalde de Municipalidad Provincial de Paita PEDRO CUADROS ALZAMORA, y a cada uno de los Miembros del Concejo Municipal: PEDRO LUIS CUADROS ALZAMORA, MARIA EDELFILIA ATOCHE DE JARAMILLO, MAYKOL ALONSO MENDOZA GUAYANAY, MARITZA ELIZABETH VIERA GUERRERO., YOSIMAR JOSE MIÑAN OJEDA, LIN EDITH PATIÑO BALLES, KEVIN ERICK FLORES CHUNA, YAMILINE PAMELA HUERTAS PAZOS, EUSEBIO QUEREVALU ALVAREZ, JESSICA MERCEDES YAMUNAQUE VITE DE AYALA, MANUEL REY PURIZACA QUEREVALU, y DANNY ALEXANDER CORDOVA ALDANA”.
Con fecha 26 de febrero de 2024, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis ante la entidad, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 001027-2024/JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales, a la fecha de la emisión de la presente resolución, no se han presentado.
Con fecha 06 de febrero de 20241, el recurrente solicitó se le remita la siguiente información:
“(…)
REFERENCIA: CARTA N° 312-2024/JRP, DE FECHA 27 DE DICIEMBRE DE 2023.
(…), solicito se me brinde a través de mi correo electrónico, COPIAS FEDATEADAS, de la información que acredite que el documento de la referencia fue debidamente notificado al alcalde de Municipalidad Provincial de Paita PEDRO CUADROS ALZAMORA, y a cada uno de los Miembros del Concejo Municipal: PEDRO LUIS CUADROS ALZAMORA, MARIA EDELFILIA ATOCHE DE JARAMILLO, MAYKOL ALONSO MENDOZA GUAYANAY, MARITZA ELIZABETH VIERA GUERRERO., YOSIMAR JOSE MIÑAN OJEDA, LIN EDITH PATIÑO BALLES, KEVIN ERICK FLORES CHUNA, YAMILINE PAMELA HUERTAS PAZOS, EUSEBIO QUEREVALU ALVAREZ, JESSICA MERCEDES YAMUNAQUE VITE DE AYALA, MANUEL REY PURIZACA QUEREVALU, y DANNY ALEXANDER CORDOVA ALDANA”.
Con fecha 26 de febrero de 2024, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis ante la entidad, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 001027-2024/JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales, a la fecha de la emisión de la presente resolución, no se han presentado.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala