Resolución N.° 000853-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

29 de febrero de 2024

VISTO el Expediente de Apelación N° 00461-2024-JUS/TTAIP de fecha 31 de enero de 2024, interpuesto por JHON EDGAR VELAZCO SOTOMAYOR, contra la respuesta contenida en el MEMORANDUM-000095-2024-SUNAFIL/GG/ORH y el MEMORANDUM-000166-2024-SUNAFIL/GG/OAD/UACP, ambos notificados mediante correo electrónico de fecha 22 de enero de 2024, a través de los cuales la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL-SUNAFIL atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 3 de enero de 2024.
Con fecha 3 de enero de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, con CARTA N° 007-2024/JEVS, el recurrente solicitó a la entidad le proporcione la siguiente información:
“(...)
El número del personal que cuenta o que contó el Equipo Funcional de Integridad Institucional (actualmente denominada Unidad Funcional de Integridad Institucional), desde la fecha de creación de dicha unidad de organización hasta el 31 de diciembre de 2023.
A efectos de atender este pedido, deben considerar a aquellos servidores que cuentan o contaron con contratos labores o contratos civiles (locación de servicios) y debe comparar, anualmente, si hubo un incremento o disminución en la asignación de personal.” (sic)

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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