Resolución N.° 002281-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
20 de mayo de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01625-2024-JUS/TTAIP de fecha 12 de abril de 2024, interpuesto por JUAN RAMOS PAIVA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AMOTAPE con fecha 19 de marzo de 2024.
Con fecha 19 de marzo de 2024, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó copias fedateadas de la siguiente información:
“1. La documentación que acredite Las acciones correctivas o preventivas adoptadas por la Municipalidad Distrital de Amotape, en mérito al OFICIO N°000157-2023-CG/PC, de fecha 08 de marzo del 2023, que le fue cursado a don ALEJANDRO EGBERTO CASTRO PEÑA, por parte de la Contraloría General de la República - Ver anexo 01.
2. Los Anexos 1, 2, 3, 4, 6, 9 y 10 que fueron presentados por los postores que se presentaron al proceso de selección LICITACIÓN PÚBLICA Nº 001-2022-MDA-CS para la CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA DE RIEGO EN EL CANAL SANTA LUCIA – SAN FRANCISCO, DISTRITO DE AMOTAPE – PROVINCIA DE PAITA – DEPARTAMENTO DE PIURA”, Con Código Único de Inversiones Nº 2408095.
3. Del documento que acredite la retención del diez por ciento (10%) del monto total del contrato, que se le efectuó al postor ganador de la buena pro.
4. De las CARTA FIANZA, por adelantos otorgados a la empresa ganadora de la buena pro4; así como los respectivos comprobantes de pago.
5. Las líneas de crédito presentadas por los postores.
6. Del Acta de entrega del terreno.
7. Acta de Recepción de Obra.”
Con fecha 12 de abril de 2024, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, presentando ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Con fecha 19 de marzo de 2024, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó copias fedateadas de la siguiente información:
“1. La documentación que acredite Las acciones correctivas o preventivas adoptadas por la Municipalidad Distrital de Amotape, en mérito al OFICIO N°000157-2023-CG/PC, de fecha 08 de marzo del 2023, que le fue cursado a don ALEJANDRO EGBERTO CASTRO PEÑA, por parte de la Contraloría General de la República - Ver anexo 01.
2. Los Anexos 1, 2, 3, 4, 6, 9 y 10 que fueron presentados por los postores que se presentaron al proceso de selección LICITACIÓN PÚBLICA Nº 001-2022-MDA-CS para la CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA DE RIEGO EN EL CANAL SANTA LUCIA – SAN FRANCISCO, DISTRITO DE AMOTAPE – PROVINCIA DE PAITA – DEPARTAMENTO DE PIURA”, Con Código Único de Inversiones Nº 2408095.
3. Del documento que acredite la retención del diez por ciento (10%) del monto total del contrato, que se le efectuó al postor ganador de la buena pro.
4. De las CARTA FIANZA, por adelantos otorgados a la empresa ganadora de la buena pro4; así como los respectivos comprobantes de pago.
5. Las líneas de crédito presentadas por los postores.
6. Del Acta de entrega del terreno.
7. Acta de Recepción de Obra.”
Con fecha 12 de abril de 2024, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, presentando ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala