Resolución N.° 003603-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

5 de agosto de 2024

VISTO el Expediente de Apelación Nº 02909-2024-JUS/TTAIP, recepcionado por este Tribunal con fecha 3 de junio de 2024, interpuesto por EDUARDO CLEMENTE MEJÍA BELLO, contra la Carta N° 00738-2024-MINAM/SG/OGDAC/SAIP de fecha 13 de junio de 2024 que atiende la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el MINISTERIO DEL AMBIENTE con fecha 2 de junio de 2024.
Con fecha 2 de junio de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le proporcione la siguiente información:
“(...)
En relación a las disposiciones que regulan la gestión documental en el Ministerio del Ambiente contenidas en la Directiva Nº 01-2023-MINAM/SG, solicito la información siguiente:
1. Los documentos que sustentan técnica y legalmente la disposición referida a establecer niveles de acceso autorizado para que los usuarios puedan realizar consultas de los documentos emitidos por medio del ECODOC PLUS.
2. Los documentos que acrediten cuáles son los niveles de acceso autorizado para que los usuarios puedan realizar consultas de los documentos emitidos por medio del ECODOC PLUS.
3. Los documentos que acrediten al órgano, unidad orgánica y funcionario que tiene a su cargo la determinación de los niveles de acceso autorizado al ECODOC PLUS, para todos los trabajadores del MINAM, incluidos funcionarios, servidores civiles, FAC, PAC, practicantes y locadores de servicios que laboran o prestan servicios a la fecha en el MINAM.
4. Los documentos que acrediten la clasificación previa de la información registrada en el ECODOC PLUS para establecer los niveles de acceso autorizado a los usuarios.
5. Los documentos que acrediten los niveles de acceso al ECODOC PLUS que hayan sido requeridas para todos los trabajadores del MINAM, incluidos funcionarios, servidores civiles, FAC, PAC, practicantes y locadores de servicios que laboran o prestan servicios a la fecha en el MINAM.
6. Los documentos que acrediten las autorizaciones por nivel de acceso que hayan sido otorgadas a todos los trabajadores del MINAM, incluidos funcionarios, servidores civiles, FAC, PAC, practicantes y locadores de servicios que laboran o prestan servicios a la fecha en el MINAM.” (sic)

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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