Resolución N.° 001626-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

25 de abril de 2024

VISTO el Expediente de Apelación Nº 01150-2024-JUS/TTAIP de fecha 14 de marzo de 2024, interpuesto por CARMEN MERCEDES TORRES NINANYA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PILCOMAYO mediante Registro N° 1831 de fecha 19 de febrero de 2024MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PILCOMAYO.

Con fecha 19 de febrero de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad: “(…) copia simple del acto administrativo que dio respuesta a la solicitud de fecha 26 de septiembre de 2023 (revisión del expediente administrativo Nro. 2063-2020) (…)” [sic] Con fecha 14 de marzo de 2024 la administrada interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo. Mediante la Resolución N° 001305-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA1 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos, sin haber presentado a la fecha documentación alguna.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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