Resolución N.° 001541-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
22 de abril de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N° 01025-2024-JUS/TTAIP de fecha 05 de marzo de 2024, interpuesto por ANGEL FELIX DIAZ DELGADO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BAGUA de fecha 13 de febrero de 2024, con expediente N° 1975.
Con fecha 13 de febrero de 2024, el recurrente requirió se le remita la siguiente información: “1. Copias simples de los contratos de alquiler celebrados entre la municipalidad y las empresas que vienen haciendo uso del terminal terrestre, de los veintisiete (27) stands para venta de pasajes del terminal terrestre municipal, de los años 2023 y 2024. 2. Copia simples de las resoluciones de autorizaciones y certificados de habilitación vehicular de la flota vehicular, de las empresas que vienen haciendo uso del terminal terrestre, vigentes a la fecha. 3. Copias simples de la vigencia de poder de los gerentes de las empresas que han celebrado contrato de alquiler con la municipalidad respecto del terminal. 4. Informe completo sobre la zona de embarque y desembarque, la información solicitada consiste en: 1) Cuantas áreas (número de espacios) para embarque y desembarque habilitadas para tal fin existen en la actualidad, 2) De qué forma están distribuido las áreas de embarque y desembarque, 3) La denominación (nombre de la empresa) que viene ocupando cada uno de los espacios mencionados precedentemente, 4) Puntualizar el motivo porque hay empresas que tienen alquilado un (01) stand para venta de pasajes pero, vienen haciendo uso de dos (02)áreas de embarque y desembarque, como son las siguientes empresas: de autos de la ruta Bagua-Jaén y viceversa, de minivans Bagua-Bagua Grande y viceversa, de combis de la ruta Bagua-imaza y viceversa, de autos Bagua-Imaza y viceversa, de camionetas (empresa Romero) BaguaNieva y viceversa, de combis (empresa Turismo Selva) de la ruta Bagua-Tarapota y viceversa y otras más empresas y 5) Especificar según la distribución formal de los espacios mencionados cuantos espacios libres de embarque y desembarque existen.” (sic)
Con fecha 13 de febrero de 2024, el recurrente requirió se le remita la siguiente información: “1. Copias simples de los contratos de alquiler celebrados entre la municipalidad y las empresas que vienen haciendo uso del terminal terrestre, de los veintisiete (27) stands para venta de pasajes del terminal terrestre municipal, de los años 2023 y 2024. 2. Copia simples de las resoluciones de autorizaciones y certificados de habilitación vehicular de la flota vehicular, de las empresas que vienen haciendo uso del terminal terrestre, vigentes a la fecha. 3. Copias simples de la vigencia de poder de los gerentes de las empresas que han celebrado contrato de alquiler con la municipalidad respecto del terminal. 4. Informe completo sobre la zona de embarque y desembarque, la información solicitada consiste en: 1) Cuantas áreas (número de espacios) para embarque y desembarque habilitadas para tal fin existen en la actualidad, 2) De qué forma están distribuido las áreas de embarque y desembarque, 3) La denominación (nombre de la empresa) que viene ocupando cada uno de los espacios mencionados precedentemente, 4) Puntualizar el motivo porque hay empresas que tienen alquilado un (01) stand para venta de pasajes pero, vienen haciendo uso de dos (02)áreas de embarque y desembarque, como son las siguientes empresas: de autos de la ruta Bagua-Jaén y viceversa, de minivans Bagua-Bagua Grande y viceversa, de combis de la ruta Bagua-imaza y viceversa, de autos Bagua-Imaza y viceversa, de camionetas (empresa Romero) BaguaNieva y viceversa, de combis (empresa Turismo Selva) de la ruta Bagua-Tarapota y viceversa y otras más empresas y 5) Especificar según la distribución formal de los espacios mencionados cuantos espacios libres de embarque y desembarque existen.” (sic)
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala