Resolución N.° 003137-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

31 de julio de 2024

VISTO el Expediente de Apelación Nº 02518-2024-JUS/TTAIP de fecha 11 de junio de 2024, interpuesto por FLOR FABIOLA ZAVALETA PELAEZ contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO presentada mediante Registro N° E2431957 de fecha 21 de mayo de 2024.

Con fecha 21 de mayo de 2024, la recurrente solicitó: “(…) copia Certificada del documento que dio respuesta al Informe N° 294-2024-SGL-GAF/MDC de fecha 04 de abril, dirigido a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Institucional, sobre la Certificación de Crédito Presupuestal, respecto a la Orden de Pedido N° 2526-2024 (fecha 27 marzo 2024)” (sic).

Con fecha 11 de junio de 2024, la recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis, alegando no haber recibido respuesta de la entidad dentro del plazo de ley, por lo cual considera denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.

A través de la Resolución N° 002428-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA1 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos.


Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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