Resolución N.° 001700-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

26 de abril de 2024

VISTO el Expediente de Apelación N° 01467-2024-JUS/TTAIP de fecha 3 de abril de 2024, interpuesto por FERNANDO HUARCAYA UGARTE, contra la respuesta contenida en el correo electrónico de fecha 22 de marzo de 2024, mediante la cual PETRÓLEOS DEL PERÚ – PETROPERÚ S.A. atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 1 de marzo de 2024.
Con fecha 1 de marzo de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad le proporcione la siguiente información:
“(…)
En respuesta al pedido efectuado el 08 de febrero mediante el portal de transparencia, se recibió comunicación el 22 de febrero, sin embargo, solo se me facilitó la información requerida del Muelle MU2 – Refinería Talara quedando información pendiente de los Terminales Portuarios Multiboyas Conchán, Petroperú Bayóvar, Multiboyas Pisco, Multiboyas Mollendo y Multiboyas Ilo.
Es en ese sentido vuelvo a solicitar su colaboración y la de la empresa que Ud. representa, Petróleos del Perú, PETROPERU S.A. para que se me facilite la información requerida líneas debajo de los Terminales pendientes, únicamente con fines de investigación académica, con el objeto de culminar mi tesis de maestría.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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