Resolución N.° 001451-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

10 de abril de 2024

VISTO el Expediente de Apelación N° 01220-2024-JUS/TTAIP de fecha 19 de marzo de 2024, interpuesto por LUIS ALBERTO ALONZO BARRETO, contra la CARTA N° 0013/GRL/DRELP/RBI/2024, que contiene el INFORME N° 002/GRL/DRELP-D-OTD/2024, notificada por correo electrónico de fecha 8 de marzo de 2024, mediante la cual el GOBIERNO REGIONAL DE LIMA – DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 19 de febrero de 2024.
Con fecha 19 de febrero de 2024, el recurrente solicitó a la entidad la entrega de la siguiente información:
“Copia simple de la RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL N° 00733-2022-DRELP y sus respectivos antecedentes”. (sic)
Mediante la CARTA N° 0013/GRL/DRELP/RBI/2024, notificada por correo electrónico de fecha 8 de marzo de 2024, la entidad brindó respuesta a dicha solicitud señalando que,
“Expreso mi cordial saludo y, hago de su conocimiento que mediante el expediente de la referencia, solicita copia simple de la RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL N°00733-2022-DRELP y sus antecedentes; ello en amparo a la Ley N°27806 -Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Al respecto; se ha recibido el INFORME N°002/GRL/DRELP-D-OTD/2024 lo cual consta de 03 folios y en cumplimiento al inc. d) del art. 5 del D.S. N°070-2013-PCM se procede a remitir conforme a lo solicitado y en aplicación a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.”.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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