Resolución N.° 001241-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
22 de marzo de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00582-2024-JUS/TTAIP de fecha 7 de febrero de 2024, interpuesto por HERIBERTO TERREI ALARCON REYES contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JOAQUIN con la CARTA N° 020-2023 de fecha 1 de diciembre de 2023, reiterado con el escrito S/N de fecha 9 de enero de 2024.
Con fecha 1 de diciembre de 2023, reiterado con fecha 9 de enero de 2024, el recurrente solicitó a la entidad que se le remita a su correo electrónico la siguiente información: “Durante el periodo 2015-2022 se ha efectuados pagos por concepto de Estudios de Pre Inversión por un monto de S/. 361,253.00 soles los mismos que deberán indicarse que tipos de proyectos son, cuales han sido ejecutados y quienes son los profesionales quienes los han elaborado (…)” (sic). Con fecha 7 de febrero de 2024, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, presentando ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución N° 000671-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales hasta la fecha de emisión de la presente resolución no fueron presentados, incluido el término de la distancia.
Con fecha 1 de diciembre de 2023, reiterado con fecha 9 de enero de 2024, el recurrente solicitó a la entidad que se le remita a su correo electrónico la siguiente información: “Durante el periodo 2015-2022 se ha efectuados pagos por concepto de Estudios de Pre Inversión por un monto de S/. 361,253.00 soles los mismos que deberán indicarse que tipos de proyectos son, cuales han sido ejecutados y quienes son los profesionales quienes los han elaborado (…)” (sic). Con fecha 7 de febrero de 2024, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, presentando ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución N° 000671-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales hasta la fecha de emisión de la presente resolución no fueron presentados, incluido el término de la distancia.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala