Resolución N.° 002088-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
14 de mayo de 2024
VISTO el Expediente de Aelación N° 01529-2024-JUS/TTAIP de fecha 5 de abril de 2024, interpuesto por ENOC ATAO ROQUE, contra el OFICIO N° 394-2024/GRP-100010 de fecha 27 de marzo de 2024, mediante el cual el GOBIERNO REGIONAL DE PIURA2 atendió su solicitud de acceso a la información presentada con fecha 26 de marzo de 2024.
Con fecha 26 de marzo de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente presentó su solicitud ante la entidad requiriendo se le proporcione la siguiente información:
“(…)
1.
Copia del expediente administrativo generado por el Oficio N° 45-2023-OCI/4529 del 22 de enero de 2024 de Orientación de Oficio N° 002-2024-OCI/4529-SOO, el cual deberá contener todos los documentos emitidos y recibidos por las diferentes instancias del Gobierno Regional de Piura en formato digital”. (sic)
Con fecha 26 de marzo de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente presentó su solicitud ante la entidad requiriendo se le proporcione la siguiente información:
“(…)
1.
Copia del expediente administrativo generado por el Oficio N° 45-2023-OCI/4529 del 22 de enero de 2024 de Orientación de Oficio N° 002-2024-OCI/4529-SOO, el cual deberá contener todos los documentos emitidos y recibidos por las diferentes instancias del Gobierno Regional de Piura en formato digital”. (sic)
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala