Resolución N.° 001824-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
2 de mayo de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01462-2024-JUS/TTAIP de fecha 2 de abril de 2024, interpuesto por HUMBERTO FELICIANO GARCIA VICTORIA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHANCHAMAYO con Registro 06428 de fecha 8 de marzo de 2024.
Con fecha 8 de marzo de 2024, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó copia fedateada de la siguiente información:
“-Plan anual del mantenimiento de carreteras de los años 2022 y 2023, solicitados por el presidente de carretera de la microcuenca margen izquierda rio paucartambo y perene, señor Francisco Ochoa Gómez.
-Todas las autorizaciones de salida de maquinarias de plan anual de mantenimiento de carretera (apertura de carretera) de la gerencia de desarrollo urbano, durante los años 2022 y 2023.
-Expediente Completo de las aperturas de carreteras de todo el sector Alto Margarita - Perene (responsable el Sr. Francisco Ochoa Gómez, Libro de actas de la microcuenca, declaración jurada de los propietarios involucrados, y autorizaciones con sus respectivas firmas de los mismos propietarios involucrados, durante los años 2022 y 2023 “la entidad municipal debe tener expedientes reales como pruebas fidedignas en los archivos de la gerencia”.
Con fecha 8 de marzo de 2024, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó copia fedateada de la siguiente información:
“-Plan anual del mantenimiento de carreteras de los años 2022 y 2023, solicitados por el presidente de carretera de la microcuenca margen izquierda rio paucartambo y perene, señor Francisco Ochoa Gómez.
-Todas las autorizaciones de salida de maquinarias de plan anual de mantenimiento de carretera (apertura de carretera) de la gerencia de desarrollo urbano, durante los años 2022 y 2023.
-Expediente Completo de las aperturas de carreteras de todo el sector Alto Margarita - Perene (responsable el Sr. Francisco Ochoa Gómez, Libro de actas de la microcuenca, declaración jurada de los propietarios involucrados, y autorizaciones con sus respectivas firmas de los mismos propietarios involucrados, durante los años 2022 y 2023 “la entidad municipal debe tener expedientes reales como pruebas fidedignas en los archivos de la gerencia”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala