Resolución N.° 002129-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
15 de mayo de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N° 01695-2024-JUS/TTAIP de fecha 17 de abril de 2024, interpuesto por HÉCTOR WILFREDO MONTOYA SÁNCHEZ, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS con fecha 1 de abril de 2024.
Con fecha 1 de abril de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la entrega por correo electrónico de la siguiente información:
“1. Copia digital de la relación de las cerca de 100 denuncias, quejas y solicitudes, que según el señor secretario del STPAD, Ángel Agurto Aguilar, ha presentado la señora María García Cotrina con mi persona, contra trabajadores de la Facultad de Ciencias Sociales”. (sic)
El 17 de abril de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 001779-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos; sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución la entidad haya remitido documento alguno.
Con fecha 1 de abril de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la entrega por correo electrónico de la siguiente información:
“1. Copia digital de la relación de las cerca de 100 denuncias, quejas y solicitudes, que según el señor secretario del STPAD, Ángel Agurto Aguilar, ha presentado la señora María García Cotrina con mi persona, contra trabajadores de la Facultad de Ciencias Sociales”. (sic)
El 17 de abril de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 001779-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos; sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución la entidad haya remitido documento alguno.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala