Resolución N.° 001646-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
26 de abril de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N° 01279-2024-JUS/TTAIP de fecha 21 de marzo de 2024, interpuesto por SAÚL FERNANDO BARRERA AYALA contra la CARTA N° 178 - 2024 - MINCETUR/SG/OGA/LEY27806 de fecha 19 de marzo de 2024, la cual adjunta el MEMORÁNDUM N° 114 - 2024 - MINCETUR/VMT/DGIETA, a través de los cuales el MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO, atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 7 de marzo de 2024.
Con fecha 7 de marzo de 2024, el recurrente solicitó a la entidad se le remita a través de su correo electrónico la siguiente información:
“(…) copia del “Estudio de Flujo y perfil de los visitantes a los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos Lima 2019" elaborado por la empresa Consulting Partners SAC. Para este efecto tener en cuenta la resolución 010300022020 del tribunal de trasparencia y acceso a la información publica.”
[sic]
Con fecha 7 de marzo de 2024, el recurrente solicitó a la entidad se le remita a través de su correo electrónico la siguiente información:
“(…) copia del “Estudio de Flujo y perfil de los visitantes a los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos Lima 2019" elaborado por la empresa Consulting Partners SAC. Para este efecto tener en cuenta la resolución 010300022020 del tribunal de trasparencia y acceso a la información publica.”
[sic]
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala