Resolución N.° 001338-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
5 de abril de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N° 00954-2024-JUS/TTAIP de fecha 28 de febrero de 2024, interpuesto por AMERICA MOVIL PERÚ S.A.C., representada por Denis Paúl Guevara Santa María, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante el GOBIERNO REGIONAL DE TACNA con fecha 8 de febrero de 2024.
Con fecha 8 de febrero de 2024, se reencauzó a la entidad la solicitud de información, en la cual se requiere:
“Copia de todo el expediente técnico a través del cual se emitió Certificado de Seguridad en Edificaciones n.° 106-2013”.
Con fecha 23 de febrero de 2024, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis ante la entidad al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 000968-2024/JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 8 de marzo de 2024, notificada a la entidad en fecha 25 de marzo de 2024, esta instancia le solicitó la remisión del expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos.
Con fecha 8 de febrero de 2024, se reencauzó a la entidad la solicitud de información, en la cual se requiere:
“Copia de todo el expediente técnico a través del cual se emitió Certificado de Seguridad en Edificaciones n.° 106-2013”.
Con fecha 23 de febrero de 2024, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis ante la entidad al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 000968-2024/JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 8 de marzo de 2024, notificada a la entidad en fecha 25 de marzo de 2024, esta instancia le solicitó la remisión del expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala