Resolución N.° 000981-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
11 de marzo de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N° 0104-2023-JUS/TTAIP de fecha 19 de enero de 2024, interpuesto por SALOMÓN AMÉRICO PILLMAN VELÁSQUEZ contra el Oficio N° 060-2023/GRP-100010 de fecha 17 de enero de 2024, mediante el cual el GOBIERNO REGIONAL DE PIURA denegó la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 10 de enero de 2024.
Con fecha 10 de enero de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le remita a su correo electrónico la información que a continuación se detalla:
“(…) relación de 34 trabajadores con discapacidad que trabajan en el Gobierno Regional de Piura, según lo manifestado en el Memorando N° 1141-2023/GRP-480000 de los cuales 30 están en el régimen 276 y 4 son CAS” (sic).
Mediante Oficio N° 060-2023/GRP-100010 de fecha 17 de enero de 2024, la entidad denegó el requerimiento del administrado, invocando la excepción regulada en el numeral 5 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2019-JUS1, debiéndose precisar que adicionalmente adjuntó el Memorándum N° 80-2024-/GRP-480300 de fecha 15 de enero de 2024, emitido por la Jefa de la Oficina de Recursos Humanos, quien puntualizó lo siguiente con relación a la petición informativa:
Con fecha 10 de enero de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le remita a su correo electrónico la información que a continuación se detalla:
“(…) relación de 34 trabajadores con discapacidad que trabajan en el Gobierno Regional de Piura, según lo manifestado en el Memorando N° 1141-2023/GRP-480000 de los cuales 30 están en el régimen 276 y 4 son CAS” (sic).
Mediante Oficio N° 060-2023/GRP-100010 de fecha 17 de enero de 2024, la entidad denegó el requerimiento del administrado, invocando la excepción regulada en el numeral 5 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2019-JUS1, debiéndose precisar que adicionalmente adjuntó el Memorándum N° 80-2024-/GRP-480300 de fecha 15 de enero de 2024, emitido por la Jefa de la Oficina de Recursos Humanos, quien puntualizó lo siguiente con relación a la petición informativa:
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala