Resolución N.° 000174-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
17 de enero de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 04358-2023-JUS/TTAIP de fecha 11 de diciembre de 2023, interpuesto por DIEGO ALONSO MONTERO SÁNCHEZ contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS mediante Registro N° 2023-01-0000059569 de fecha 8 de noviembre de 2023.
Con fecha 8 de noviembre de 2023, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la información que a continuación se detalla:
“TIPOS DE INGRESO DE LIBRE DISPONIBILIDAD QUE PERCIBE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS”.
Con fecha 11 de diciembre de 2023 el administrado interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 000007-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos, sin haber presentado a la fecha documentación alguna.
Con fecha 8 de noviembre de 2023, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la información que a continuación se detalla:
“TIPOS DE INGRESO DE LIBRE DISPONIBILIDAD QUE PERCIBE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS”.
Con fecha 11 de diciembre de 2023 el administrado interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 000007-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos, sin haber presentado a la fecha documentación alguna.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala