Resolución N.° 001503-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
12 de abril de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N° 01260-2024-JUS/TTAIP de fecha 21 de marzo de 2024, interpuesto por ADOLFO BRUNO CELIZ PEÑALOZA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS con fecha 5 de marzo de 2024.
Con fecha 5 de marzo de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“1. Copia del Convenio celebrado entre el Comité de Administración de Losa Deportiva del Parque Héroes del Cenepa y la Municipalidad de Los Olivos, conforme a la Ordenanza N° 486-MDLO.
2. Copia del Plan de Inversión del Comité de Administración de Losa Deportiva del Parque Héroes del Cenepa ubicado en Villa Sol 1ra Etapa”. (sic)
El 21 de marzo de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 001277-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos, sin que la entidad haya remitido documento alguno hasta la emisión del presente recurso de apelación
Con fecha 5 de marzo de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“1. Copia del Convenio celebrado entre el Comité de Administración de Losa Deportiva del Parque Héroes del Cenepa y la Municipalidad de Los Olivos, conforme a la Ordenanza N° 486-MDLO.
2. Copia del Plan de Inversión del Comité de Administración de Losa Deportiva del Parque Héroes del Cenepa ubicado en Villa Sol 1ra Etapa”. (sic)
El 21 de marzo de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 001277-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos, sin que la entidad haya remitido documento alguno hasta la emisión del presente recurso de apelación
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala