Resolución N.° 001385-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

5 de abril de 2024

VISTO el Expediente de Apelación N° 01131-2024-JUS/TTAIP de fecha 12 de marzo de 2024, interpuesto por LUCIO YONES ZEBALLOS PINTO, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR con fecha 23 de enero de 2024.
Con fecha 23 de enero de 2024, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“(…) en el grupo 01 del Asentamiento Humano Edilberto Ramos del distrito de Villa El Salvador frente a la manzana J prima y al costado de la Av., Universitaria existe un terreno destinado para parque el cual ha sido cercado con material noble (cemento, ladrillo y fierro) y se encuentra en poder de la Municipalidad de Villa El salvador (lo administra), es por esto que le solicitamos por Ley de transparencia los documentos que sustenten el por qué se cercó este terreno para parque y asimismo los documentos que sustenten por qué este terreno para parque se encuentra en poder de la Municipalidad de Villa El salvador (lo administra)”. (sic)
El 12 de marzo de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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