Resolución N.° 001148-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

18 de marzo de 2024

VISTO: El Expediente de Apelación N° 00540-2024-JUS/TTAIP de 06 de febrero de 2024, interpuesto por JUAN RAMOS PAIVA, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PAITA, con fecha 15 de enero de 2024.
Con fecha 15 de enero de 2024, el recurrente solicitó a la entidad remita la información siguiente:
“1. Sesión Ordinaria de Concejo N°015-2023, de fecha 17 de agosto del 2023.
2. Documento que acredite que el Acuerdo de Concejo N°105-2023-CPP de fecha 17 de agosto del 2023, fue debidamente notificada a cada uno de los miembros del concejo municipal, de conformidad con lo acordado en dicho Acuerdo de Concejo.
3. Informe N° 399-2023-MPP/GAJ, de fecha 14 de agosto del 2023
4. Sesión Extraordinaria de Concejo N°014-2023, de fecha 10 de octubre del 2023
5. Proveído 429-2023/MPP-GSG, de fecha 11 de agosto del 2023
6. Informe N° 399-2023-MPP/GAJ, de fecha 14 de agosto del 2023
7. Acuerdo de concejo N°105-2023, de fecha 17 de agosto del 2023; así como la documentación que acredite que dicho Oficio me fue notificado bajo las formalidades de ley, conforme lo establece el artículo 20 del TUO de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
8. Informe N° 001-2023-MPP/SR/COMISION ESPECIAL, de fecha 04 de octubre del 2023
9. Cartas N° 118, 119, 122, 121, 122, 123, 124, 125, 126, 127, 128, y 129-2023-MPP/GSG, todas de fecha 05 de octubre del 2023, a través de las cuales se convocó a los miembros del concejo a la sesión extraordinaria de concejo para el día 10 de octubre del 2023, con el propósito de resolver los pedidos de suspensión presentados por mi persona.
10. Oficio N°445-2023-MPP/GSG de fecha 05 de octubre del 2023, dirigido a mi persona, donde supuestamente se me convoca con el propósito de resolver los pedidos de suspensión.
Asimismo, la documentación que acredite que dicho Oficio me fue notificado bajo las formalidades de ley, conforme lo establece el artículo 20 del TUO de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General”
Con fecha 6 de febrero de 2024, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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