Resolución N.° 000697-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
19 de febrero de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00229-2024-JUS/TTAIP de fecha 15 de enero de 2024 e información adicional de fecha 25 de enero de 204, interpuesto por GEORGE JERZY FIGUEROA PAJARES contra la denegatoria por silencio administrativo negativo a su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJABAMBA con fecha 27 de diciembre de 2023 con registro CU- 028955-2023.
Con fecha 27 de diciembre de 2023, la recurrente solicitó a la entidad la remisión a su correo electrónico de la siguiente información:
“1.Solicito a quien corresponda enviar un informe a detalle sobre las personas o cuentas de Facebook que la comuna mantiene bajo la censura y cuál fue el motivo por el que se aplicó dicha censura, así también, que se remita una copia de la ordenanza municipal o dispositivo legal dónde se acredite el accionar de un funcionario público para aplicar la censura a personas o medios de prensa escrita, digital entre otros y emitir un informe de cuál fue el delito que cometió mi persona para ser censurada por la comuna.
2. Solicito a quien corresponda, proporcionar los datos de formación académica (con la validación SUNEDU o MINEDU según corresponda), experiencia profesional, antecedentes penales y policías de todos los gerentes y subgerentes de las áreas funcionales de la comuna, así también, proporcionar una copia del ROF, MOF, ORGANIGRAMA y modificatorias de la comuna”.
Con fecha 15 de enero de 2024 el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegado su pedido de información en aplicación del silencio administrativo negativo.
Con fecha 27 de diciembre de 2023, la recurrente solicitó a la entidad la remisión a su correo electrónico de la siguiente información:
“1.Solicito a quien corresponda enviar un informe a detalle sobre las personas o cuentas de Facebook que la comuna mantiene bajo la censura y cuál fue el motivo por el que se aplicó dicha censura, así también, que se remita una copia de la ordenanza municipal o dispositivo legal dónde se acredite el accionar de un funcionario público para aplicar la censura a personas o medios de prensa escrita, digital entre otros y emitir un informe de cuál fue el delito que cometió mi persona para ser censurada por la comuna.
2. Solicito a quien corresponda, proporcionar los datos de formación académica (con la validación SUNEDU o MINEDU según corresponda), experiencia profesional, antecedentes penales y policías de todos los gerentes y subgerentes de las áreas funcionales de la comuna, así también, proporcionar una copia del ROF, MOF, ORGANIGRAMA y modificatorias de la comuna”.
Con fecha 15 de enero de 2024 el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegado su pedido de información en aplicación del silencio administrativo negativo.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala