Resolución N.° 000722-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

22 de febrero de 2024

VISTO el Expediente de Apelación N° 00472-2024-JUS/TTAIP de fecha 31 de enero de 2024, interpuesto por IVÁN GUSTAVO PUMACAYO DORADO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES con fecha 22 de diciembre de 2023.
Con fecha 22 de diciembre de 2023, el recurrente solicitó a la entidad que le brinde por correo electrónico lo siguiente:
“1. Indicar, desde que fecha la Gerencia de Gestión Ambiental de la MDSJM viene emitiendo las resoluciones de autorización y/o documento pertinente para la instalación de elementos de seguridad (rejas batientes, plumas levadizas y casetas de vigilancia) en área de uso público. Adjuntar copia de la primera resolución emitida por dicha gerencia e indicar que norma lo faculta.
2. Indicar, conforme al Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE, aprobado por Resolución de Alcaldia N° 280-2020/MDSJM, actualizado por Resolución de Gerencia Municipal N° 583-2023-GM/MDSJM, que faculta a la Gerencia de Gestión Ambiental de la MDSJM a emitir opinión técnica para la instalación de rejas, si actualmente dicha normativa se encuentra vigente y solo lo faculta a emitir opinión técnica o también lo faculta a emitir la autorización correspondiente.
3. Copias simples de las resoluciones de autorización y/o documento pertinente para la instalación de elementos de seguridad (rejas batientes, plumas levadizas y casetas de vigilancia) en área de uso público, que hayan sido emitidas por la Gerencia de Gestión Ambiental de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores - MDSJM, desde el 01 de setiembre del 2023 hasta la actualidad, se haya otorgado o negado la autorización.
4. Relación de expedientes por medio de los cuales se haya solicitado la autorización para la instalación de elementos de seguridad (rejas batientes, plumas levadizas y casetas de vigilancia) en área de uso público, desde el 01 de setiembre del 2023 hasta la actualidad, indicando la fecha de presentación, la agrupación vecinal solicitante, si el expediente se encuentra en trámite o ya ha sido resuelto, así como la fecha que se haya otorgado o negado la autorización.”
Con fecha 31 de enero de 2024, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

Documentos

Vista preliminar de documento Resolucion N° 000722-2024-JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA

Resolucion N° 000722-2024-JUS-TTAIP-SEGUNDA SALA

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