Resolución N.° 000687-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
19 de febrero de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N° 04256-2023-JUS/TTAIP de fecha 1 de diciembre de 2023, interpuesto por JORGE JESÚS MANTILLA MEDINA, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada al SERVICIO DE GESTIÓN AMBIENTAL DE TRUJILLO - SEGAT, confecha 10 de noviembre de 2023.
Con fecha 10 de noviembre de 2023, el recurrente requirió a la entidad copia simple de la siguiente información:
“Solicito copias fedateadas de los siguientes documentos:
1. Resolución N° 087-2023-SEGAT/GC de fecha 11 de abril del 2023, a favor de JM DISTRIBUCIONES Y SERVICIOS GENERALES S.A.C.
2. Expediente completo de pago de la ORDEN DE COMPRA N° 388-2022.
3. Expediente completo de pago de la ORDEN DE COMPRA N° 361-2022.” [sic]
Con fecha 1 de diciembre de 2023, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 004340-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 5 de diciembre de 20231, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que en un plazo de cuatro (4) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos; sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución haya presentado documentación alguna.
Con fecha 10 de noviembre de 2023, el recurrente requirió a la entidad copia simple de la siguiente información:
“Solicito copias fedateadas de los siguientes documentos:
1. Resolución N° 087-2023-SEGAT/GC de fecha 11 de abril del 2023, a favor de JM DISTRIBUCIONES Y SERVICIOS GENERALES S.A.C.
2. Expediente completo de pago de la ORDEN DE COMPRA N° 388-2022.
3. Expediente completo de pago de la ORDEN DE COMPRA N° 361-2022.” [sic]
Con fecha 1 de diciembre de 2023, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 004340-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 5 de diciembre de 20231, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que en un plazo de cuatro (4) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos; sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución haya presentado documentación alguna.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala