Resolución N.° 001003-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
7 de marzo de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N° 00312-2024-JUS/TTAIP de fecha 19 de enero de 2024, interpuesto por DANTE AUGUSTO ORÉ SARAVIA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante el SEGURO SOCIAL DE SALUD - ESSALUD, con fecha 12 de junio de 2023.
Con fecha 12 de junio de 2023 el recurrente solicitó a la entidad remita a su correo electrónico, la siguiente información:
“Solicito la resolución por la cual se declaró la prescripción del procedimiento administrativo disciplinario iniciado a la señora Sandra Yesica Ramos Flores con Carta N° 100-GG-ESSALUD-2020, del 26 de octubre de 2020, emitida por la Gerencia General de EsSalud. Cabe precisar que esta información está en custodia de la Subgerencia de Procedimientos Disciplinarios (STPAD)”.
Con fecha 19 de enero de 2024, el recurrente interpuso el presente recurso de apelación, al considerar denegada su solicitud en aplicación al silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 000782-2024-JUS-TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la
solicitud del recurrente, y formulé los descargos pertinentes1, los cuales, hasta el vencimiento del plazo otorgado, no se han presentado.
Con fecha 12 de junio de 2023 el recurrente solicitó a la entidad remita a su correo electrónico, la siguiente información:
“Solicito la resolución por la cual se declaró la prescripción del procedimiento administrativo disciplinario iniciado a la señora Sandra Yesica Ramos Flores con Carta N° 100-GG-ESSALUD-2020, del 26 de octubre de 2020, emitida por la Gerencia General de EsSalud. Cabe precisar que esta información está en custodia de la Subgerencia de Procedimientos Disciplinarios (STPAD)”.
Con fecha 19 de enero de 2024, el recurrente interpuso el presente recurso de apelación, al considerar denegada su solicitud en aplicación al silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 000782-2024-JUS-TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la
solicitud del recurrente, y formulé los descargos pertinentes1, los cuales, hasta el vencimiento del plazo otorgado, no se han presentado.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala