Resolución N.° 000928-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
4 de marzo de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00570-2024-JUS/TTAIP de fecha 7 de febrero de 2024, interpuesto por DANIEL EDUARDO TELLO ROJAS contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL - RENIEC con N° de Solicitud 0014-2024 de fecha 5 de enero de 2024.
Con fecha 5 de enero de 2024, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la entrega por correo electrónico de la siguiente información:
“REQUIERO SE REMITA TODOS LOS CORREOS ELECTRONICOS, DOCUMENTOS Y ANEXOS QUE HAYA REMITIDO EL SINDICATO DE TRABAJADORES DEL RENIEC (SINTRARENIEC) AL REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL (RENIEC) DESDE EL AÑO 2019 A LA FECHA DEL PRESENTE”.
Mediante Carta N° 000050-2024/SGEN/OGD/RENIEC de fecha 11 de enero de 2024, la entidad comunica al recurrente la prórroga del plazo legal por motivos de significativo volumen de la información solicitada, fijando como fecha de respuesta a su solicitud el 1 de febrero de 2024, de conformidad con el “literal g) del artículo 11° del TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley N° 27806”.
Con fecha 7 de febrero de 2024, el recurrente interpone recurso de apelación, señalando que la entidad incumplió con proporcionar la información requerida en el plazo de ley, incluida la prórroga del plazo legal señalada en la Carta N° 000050-2024/SGEN/OGD/RENIEC, considerando denegada su solicitud.
Con fecha 5 de enero de 2024, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la entrega por correo electrónico de la siguiente información:
“REQUIERO SE REMITA TODOS LOS CORREOS ELECTRONICOS, DOCUMENTOS Y ANEXOS QUE HAYA REMITIDO EL SINDICATO DE TRABAJADORES DEL RENIEC (SINTRARENIEC) AL REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL (RENIEC) DESDE EL AÑO 2019 A LA FECHA DEL PRESENTE”.
Mediante Carta N° 000050-2024/SGEN/OGD/RENIEC de fecha 11 de enero de 2024, la entidad comunica al recurrente la prórroga del plazo legal por motivos de significativo volumen de la información solicitada, fijando como fecha de respuesta a su solicitud el 1 de febrero de 2024, de conformidad con el “literal g) del artículo 11° del TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley N° 27806”.
Con fecha 7 de febrero de 2024, el recurrente interpone recurso de apelación, señalando que la entidad incumplió con proporcionar la información requerida en el plazo de ley, incluida la prórroga del plazo legal señalada en la Carta N° 000050-2024/SGEN/OGD/RENIEC, considerando denegada su solicitud.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala