Resolución N.° 000594-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

1 de febrero de 2024

VISTO el Expediente de Apelación N° 00073-2024-JUS/TTAIP de fecha 8 de enero de 2024 e información adicional de fecha 24 de enero de 2024, interpuesto por JONATHAN DANIEL PALOMINO ZUMAETA contra la Carta N° 0259-2023/RTAIP-HVLC/MINSA de fecha 13 de diciembre de 2023 que anexa el Memorando N° 319-2023-DEm- HVLH/MINSA, por el cual el HOSPITAL VICTOR LARCO HERRERA atendió su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 30 de noviembre de 2023, registrada con el Solicitud N° 23-000303.
Con fecha 30 de noviembre de 2023, el recurrente solicitó a la entidad remita por correo electrónico, la siguiente información:
“Documentos y correos electrónicos del 2022 y 2023 emitidos o recibidos por el departamento de emergencias del Hospital Víctor Larco Herrera relacionados a
convocatorias de CAS o de régimen del decreto legislativo 276 de médicos psiquiatras”.
Mediante la Carta N° 0259-2023/RTAIP-HVLH/MINSA de fecha 13 de diciembre de 2023, la entidad brindó atención al requerimiento del administrado, anexando el Memorando N° 319-2023-DEm-HVLH/MINSA con el cual se indicó: “Por la presente la saludo cordialmente y remito la información solicitada en el asunto de la
referencia”.
Con fecha 8 de enero de 2024, el recurrente interpuso el presente recurso de apelación contra el Memorando N° 319-2023-DEm-HVLH/MINSA, haciendo mención
que con la misma se dio trámite a su solicitud registrada con N°23-000281.
Con fecha 24 de enero de 2024, el recurrente hace llegar una carta Aclaratorio donde expresa que el Memorando N° 319-2023-DEm-HVLH/MINSA que es materia de apelación, atendió su solicitud N°23-000303 y no la solicitud N°23-000281.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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