Resolución N.° 000481-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
5 de febrero de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N° 04307-2023-JUS/TTAIP de fecha 05 de diciembre de 2023, interpuesto por JORGE SALVATORE MEDINA ROMERO, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante el INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “GILDA LILIANA BALLIVIÁN ROSADO”, con fecha 19 de octubre de 2023, de acuerdo a lo señalado por el recurrente.
Con fecha 19 de octubre de 2023, el recurrente solicitó a la entidad, la siguiente información:
“(…) los Sílabos de Administración de Empresas, Contabilidad, Computación e Informática, Construcción Civil, Electrónica Industrial, Electrotecnia Industrial, Mecánica de Producción, Mecánica Automotriz de los 6 Ciclos. I, III, y V Ciclo del Semestre 2023-I; II, IV y VI Ciclo del Semestre 2023-II”.
Con fecha 05 de diciembre de 2023, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al no recibir respuesta de la entidad y considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo,
Mediante la Resolución N° 000258-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos los cuales, a la fecha del vencimiento del plazo otorgado y de la emisión de la presente resolución, no se han presentado.
Con fecha 19 de octubre de 2023, el recurrente solicitó a la entidad, la siguiente información:
“(…) los Sílabos de Administración de Empresas, Contabilidad, Computación e Informática, Construcción Civil, Electrónica Industrial, Electrotecnia Industrial, Mecánica de Producción, Mecánica Automotriz de los 6 Ciclos. I, III, y V Ciclo del Semestre 2023-I; II, IV y VI Ciclo del Semestre 2023-II”.
Con fecha 05 de diciembre de 2023, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al no recibir respuesta de la entidad y considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo,
Mediante la Resolución N° 000258-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos los cuales, a la fecha del vencimiento del plazo otorgado y de la emisión de la presente resolución, no se han presentado.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala