Resolución N.° 000474-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
5 de febrero de 2024
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00225-2024-JUS/TTAIP de fecha 15 de enero de 2024, interpuesto por KEVIN FRANK NAVARRETE VELARDE, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada al MINISTERIO PÚBLICO - JUNTA DE FISCALES SUPERIORES DEL DISTRITO FISCAL DE AYACUCHO con fecha 27 de noviembre de 2023.
Con fecha 27 de noviembre de 2023, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le proporcione por correo electrónico la siguiente información:
“(...)
Solicito relación del número total de colaboradores con que cuenta el DISTRITO FISCAL DE AYACUCHO bajo los regímenes de los Decretos Legislativos N° 728
y 276 y N° 1057, durante el año 2022 y el 2023; así como el detalle de las personas con discapacidad que han laborado o laboran en los citados años.”
(sic)
En ese sentido, al no obtener respuesta a su solicitud, con fecha 26 de diciembre de 2023 el recurrente presentó ante la entidad un documento, donde reiteró el requerimiento formulado en el párrafo precedente.
El 15 de enero de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Con fecha 27 de noviembre de 2023, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le proporcione por correo electrónico la siguiente información:
“(...)
Solicito relación del número total de colaboradores con que cuenta el DISTRITO FISCAL DE AYACUCHO bajo los regímenes de los Decretos Legislativos N° 728
y 276 y N° 1057, durante el año 2022 y el 2023; así como el detalle de las personas con discapacidad que han laborado o laboran en los citados años.”
(sic)
En ese sentido, al no obtener respuesta a su solicitud, con fecha 26 de diciembre de 2023 el recurrente presentó ante la entidad un documento, donde reiteró el requerimiento formulado en el párrafo precedente.
El 15 de enero de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala