Resolución N.° 003779-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
15 de diciembre de 2023
VISTO el Expediente de Apelación Nº 04079-2023-JUS/TTAIP de fecha 21 de noviembre de 2023, interpuesto por HUNTER SAMAMÉ GALLO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO MUNICIPAL MANTARO S.A (EPS MANTARO S.A) con Registro N° 01972 de fecha 19 de octubre de 2023.
Con fecha 19 de octubre de 2023, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad: “(…) copia de las Notas a los Estados Financieros al 31 de diciembre del 2022”.
Con fecha 21 de noviembre de 2023, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, presentando ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución 003549-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA1, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales no fueron presentados hasta la fecha de emisión de la presente resolución, incluido el termina de la distancia de ley.
Con fecha 19 de octubre de 2023, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad: “(…) copia de las Notas a los Estados Financieros al 31 de diciembre del 2022”.
Con fecha 21 de noviembre de 2023, al no recibir respuesta de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, presentando ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución 003549-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA1, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales no fueron presentados hasta la fecha de emisión de la presente resolución, incluido el termina de la distancia de ley.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala