Resolución N.° 000289-2024-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
24 de enero de 2024
VISTO el Expediente de Apelación N° 00009-2024-JUS/TTAIP de fecha 3 de enero de 2024, interpuesto por HENRY ALBERT COARITA COARITA, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMÁN – JULIACA con fecha 30 de noviembre de 2023.
Con fecha 30 de noviembre de 2023, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la entrega de la siguiente información:
“Copia del documento y/o informe documentado de los procesos administrativos disciplinarios seguidos en contra de funcionarios y/o servidores públicos, debiendo señalarse nombres y apellidos, cargo, resoluciones emitidas en cada caso, número de expediente, estado del proceso, copia de los expedientes, faltas administrativas por el que se inició el proceso disciplinario desde enero del 2019 hasta la actualidad. Asimismo, el funcionario a cargo de secretaria técnica del proceso disciplinario a cargo de cada caso y el encargado actual de dicha dependencia, al igual que la copia de las resoluciones de designación en el cargo de secretario técnico del PAD”. (sic)
El 3 de enero de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, solicitando se ordene la entrega de la información solicitada y se disponga el inicio del procedimiento sancionador contra el funcionario y/o servidor público responsable de brindar atención a su solicitud.
Con fecha 30 de noviembre de 2023, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la entrega de la siguiente información:
“Copia del documento y/o informe documentado de los procesos administrativos disciplinarios seguidos en contra de funcionarios y/o servidores públicos, debiendo señalarse nombres y apellidos, cargo, resoluciones emitidas en cada caso, número de expediente, estado del proceso, copia de los expedientes, faltas administrativas por el que se inició el proceso disciplinario desde enero del 2019 hasta la actualidad. Asimismo, el funcionario a cargo de secretaria técnica del proceso disciplinario a cargo de cada caso y el encargado actual de dicha dependencia, al igual que la copia de las resoluciones de designación en el cargo de secretario técnico del PAD”. (sic)
El 3 de enero de 2024, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, solicitando se ordene la entrega de la información solicitada y se disponga el inicio del procedimiento sancionador contra el funcionario y/o servidor público responsable de brindar atención a su solicitud.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala