Resolución N.° 004612-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
29 de diciembre de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 04172-2023-JUS/TTAIP de fecha 27 de noviembre de 2023, interpuesto por CESAR AUGUSTO SOLARI MERINO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE, de fecha 09 de noviembre de 2023, con registro N° 4635.
Con fecha 09 de noviembre de 2023, el recurrente solicitó a la entidad le remita la siguiente información a su correo electrónico:
“(…) 1- Se me envié a mi correo electrónico, la grabación de la cámara del video del día 27 de octubre del 2023, cámaras que están entre las puertas 4 y 7 de la puerta de occidente del Estadio Nacional, específicamente en el rango de horario entre las 11 am. y 6 pm. y que enfocan mi domicilio que es Jorge días 352 (como referencia el día que salió el señor de los milagros) (…)” (sic)
Con fecha 27 de noviembre de 2023, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 004439-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales no se han presentado a la fecha de emisión de la presente resolución.
Con fecha 09 de noviembre de 2023, el recurrente solicitó a la entidad le remita la siguiente información a su correo electrónico:
“(…) 1- Se me envié a mi correo electrónico, la grabación de la cámara del video del día 27 de octubre del 2023, cámaras que están entre las puertas 4 y 7 de la puerta de occidente del Estadio Nacional, específicamente en el rango de horario entre las 11 am. y 6 pm. y que enfocan mi domicilio que es Jorge días 352 (como referencia el día que salió el señor de los milagros) (…)” (sic)
Con fecha 27 de noviembre de 2023, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 004439-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales no se han presentado a la fecha de emisión de la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala