Resolución N.° 004414-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
11 de diciembre de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 04082-2023-JUS/TTAIP de fecha 20 de noviembre de 2023, interpuesto por JUAN CARLOS ANTÚNEZ CARRILLO, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUARMEY, con fecha 2 de noviembre de 2023, generando el Expediente N° 11554.
Con fecha 2 de noviembre de 2023, el recurrente requirió a la entidad la siguiente información:
“(…) solicitar copia de todas las actas, informes, memorándum, oficios, cartas, resoluciones, pliego de cargo y descargo y demás actuaciones procesales del procedimiento administrativo consignado con Expediente N° 10945-UGEL Huarmey del 27 de noviembre del 2019.
Que, es necesario informarle que mi solicitud lo realizo debido a una situación extrema en que se presenta este caso y que probablemente no exista otra situación similar donde se aprecie el abuso de autoridad, omisión de funciones, incumplimiento de plazos y un total desprecio por las leyes que deben imperar en un estado derecho y donde los organismos del estado y principalmente del sector educación deben ser respetuosos del marco legal y de una correcta administración de justicia.
Con fecha 2 de noviembre de 2023, el recurrente requirió a la entidad la siguiente información:
“(…) solicitar copia de todas las actas, informes, memorándum, oficios, cartas, resoluciones, pliego de cargo y descargo y demás actuaciones procesales del procedimiento administrativo consignado con Expediente N° 10945-UGEL Huarmey del 27 de noviembre del 2019.
Que, es necesario informarle que mi solicitud lo realizo debido a una situación extrema en que se presenta este caso y que probablemente no exista otra situación similar donde se aprecie el abuso de autoridad, omisión de funciones, incumplimiento de plazos y un total desprecio por las leyes que deben imperar en un estado derecho y donde los organismos del estado y principalmente del sector educación deben ser respetuosos del marco legal y de una correcta administración de justicia.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala