Resolución N.° 004547-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
21 de diciembre de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 04251-2023-JUS/TTAIP de fecha 30 de noviembre de 2023, interpuesto por ASHLIE MELANIE APONTE RIOS, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada al PODER JUDICIAL DEL PERÚ, con fecha 12 de setiembre de 2023.
Con fecha 12 de setiembre de 2023, la recurrente solicitó a la entidad se le remita a su correo electrónico la siguiente información:
“(…) copia simple de las resoluciones en primera y segunda instancia que han emitido todas las Cortes Superiores de Justicia del Perú en las cesaciones de prisión preventiva por vencimiento de plazo correspondiente al periodo de 16 de marzo de 2020 a 17 de abril de 2020.” [sic]
Con fecha 30 de noviembre de 2023, la recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo por no mediar respuesta dentro del plazo legal.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 004339-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que en un plazo de cuatro (4) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos; sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución haya presentado documentación alguna.
Con fecha 12 de setiembre de 2023, la recurrente solicitó a la entidad se le remita a su correo electrónico la siguiente información:
“(…) copia simple de las resoluciones en primera y segunda instancia que han emitido todas las Cortes Superiores de Justicia del Perú en las cesaciones de prisión preventiva por vencimiento de plazo correspondiente al periodo de 16 de marzo de 2020 a 17 de abril de 2020.” [sic]
Con fecha 30 de noviembre de 2023, la recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo por no mediar respuesta dentro del plazo legal.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 004339-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que en un plazo de cuatro (4) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos; sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución haya presentado documentación alguna.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala