Resolución N.° 000218-2024-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

19 de enero de 2024

VISTO el Expediente de Apelación N° 04422-2023-JUS/TTAIP de fecha 13 de diciembre de 2023, interpuesto por MILAGROS ROJAS TABOADA contra la CARTA N° 219- 2023-GORE-ICA-FREI de fecha 2 de noviembre de 2023, la cual adjunta el MEMORANDO N° 055-2023-GORE-ICA/VGR y este a su vez el MEMORANDO N° 182-
2023-GORE-ICA-FREI, a través de los cuales el GOBIERNO REGIONAL DE ICA, atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 6 de octubre de 2023.
Con fecha 6 de octubre de 2023, la recurrente solicitó a la entidad se le remita a través de su correo electrónico y en forma física la siguiente información:
“(…)
1. Previo a la información que será solicitada, al amparo de las normas antes citadas, información que se detalla en el numeral 2) del presente documento, es necesario establecer las premisas de las que se ha partido, las cuales además se basan en las publicaciones de las actividades y funciones de la VICE GOBERNADORA, que entendemos han sido publicadas en el FACEBOOK por la señora Luz Mery Canales Trillo, en su CALIDAD DE ACTUAL VICE GOBERNADORA DE ICA, y en la que se han advertido diferentes actividades y funciones con representantes de diferentes organizaciones del Estado haciendo uso de su CARGO DE VICE GOBERNADORA Y FUNCIONARIA PÚBLICA DEL GORE DE ICA, (salvo que demuestre lo contrario) y que se describen de manera resumida a continuación.
(…)”

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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