Resolución N.° 003440-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
17 de noviembre de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 02805-2023-JUS/TTAIP de fecha 26 de octubre de 20231, interpuesto por CHARLES KEOMA ZEVALLOS RAFAEL contra la Carta N° 1195-2023-OSG/MDVMT notificada en fecha 11 de agosto de 2023, mediante la cual la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 10 de agosto de 2023, con número de expediente 15134.
Con fecha 10 de agosto de 2023, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente requirió a la entidad la siguiente información:
“(…)
1. (…) Solicito información técnica y detallada, sobre el pago del Impuesto Predial y Arbitrios municipales del bien inmueble ubicado en XXXXXXXXX; inscrito en los registros públicos con número de partida N°P03130722, SUNARP de Lima; la propiedad en mención a la fecha se encuentra independizada en 7 unidades inmobiliarias de los cuales son copropietarios los señores OLGA MONTELLANOS CARDENAS, RAFAEL MONTELLANOS CARDENAS, HUGO MONTELLANOS CARDENAS, RAFAEL MONTELLANOS CARDENAS, RUBEN MONTELLANOS CARDENAS, RAQUEL NOEMI MONTELLANOS CARDENAS Y MARTHA ZOILA MONTELLANOS CARDENAS.
2. Que, la información que se solicita tiene que detallar sobre los pagos de impuesto predial y arbitrios municipales según corresponda a los copropietarios, declaración de la propiedad para efectos tributarios (cantidad de pisos declarados), asimismo cabe resaltar que mi pretensión totalmenteamparable toda vez que no se encuentra dentro de los supuestos señalados en el Art. 15°, 16° y 17° de la Ley N° 27806; en ese orden de ideas solicito ordenar a quien corresponda emitir el informe solicitado. (…)”
Con fecha 10 de agosto de 2023, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente requirió a la entidad la siguiente información:
“(…)
1. (…) Solicito información técnica y detallada, sobre el pago del Impuesto Predial y Arbitrios municipales del bien inmueble ubicado en XXXXXXXXX; inscrito en los registros públicos con número de partida N°P03130722, SUNARP de Lima; la propiedad en mención a la fecha se encuentra independizada en 7 unidades inmobiliarias de los cuales son copropietarios los señores OLGA MONTELLANOS CARDENAS, RAFAEL MONTELLANOS CARDENAS, HUGO MONTELLANOS CARDENAS, RAFAEL MONTELLANOS CARDENAS, RUBEN MONTELLANOS CARDENAS, RAQUEL NOEMI MONTELLANOS CARDENAS Y MARTHA ZOILA MONTELLANOS CARDENAS.
2. Que, la información que se solicita tiene que detallar sobre los pagos de impuesto predial y arbitrios municipales según corresponda a los copropietarios, declaración de la propiedad para efectos tributarios (cantidad de pisos declarados), asimismo cabe resaltar que mi pretensión totalmenteamparable toda vez que no se encuentra dentro de los supuestos señalados en el Art. 15°, 16° y 17° de la Ley N° 27806; en ese orden de ideas solicito ordenar a quien corresponda emitir el informe solicitado. (…)”
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala