Resolución N.° 002755-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
22 de setiembre de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 02895-2023-JUS/TTAIP de fecha 28 de agosto de 2023, interpuesto por LINDA ISABEL QUISPE QUINTO contra el Memorándum N° 002-D-IE N° 0009 JMA-2023 de fecha 27 de julio de 2023, mediante la cual la UGEL 05 – IEP 0009 “JOSE MARIA ARGUEDAS” otorgó respuesta a la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 24 de julio de 2023.
Con fecha 24 de julio de 2023, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico la siguiente información:
“1. Fotocopia de la Ficha de matrícula de la alumna DENISSE CARTER FERNANDA ANTONIO ROJAS.
2. Fotocopia de documentos de atención medica del niño RODRIGO NIXON MILIAN ARIMANA que le hiciera entrega la mamá del niño mencionado el pasado 26 de Junio, fecha en que se levantara el Acta de Incidencia.
3. Copia del pantallazo de la segunda hoja de SiSeVe, Reporte N° 2301246EA7.
4. Copia del acta del 2022 que resuelve el cambio de aula de la alumna Denisse Carter Fernanda Antonio Rojas del primer Grado “A” al primer Grado “B”, reunión en la que participaran la Ex Directora Milagritos Lora Rojas, la profesora del aula Nancy Alania Guerra; y la profesora Elizabeth Rosario Tazza Quispe, docente de este colegio y abuela de la niña DENISSE CARTER FERNANDA ANTONIO ROJAS. La niña DENISSE CARTER FERNANDA ANTONIO ROJAS registra asistencia bajo mi conducción desde el 18 de julio del 2022.
Que, hago constar que las copias de los documentos solicitados no corresponden ninguno a la seguridad del Estado que sería la condición limitante para su no atención”.
Mediante el Memorándum N° 002-D-IE N°0009 JMA-2023 de fecha 27 de julio de 2023, la entidad brindó respuesta a la referida solicitud, señalando lo siguiente:
“Para la cual hago de su conocimiento que el primer documento solicitado, ficha de matrícula corresponde a documentos personales de la menor, los cuales solo pueden ser solicitados por sus padres o familiares directos debidamente acreditados.
Respecto a los documentos solicitados en los puntos 2,3 y 4, están siendo adjuntos al presente memorándum.”
Con fecha 14 de agosto de 2023, la recurrente interpuso el presente recurso de apelación ante la entidad, señalando en el Formulario Único de Trámites lo siguiente:
“I. RESUMEN DE SU PEDIDO
AUTORIZAR LA ATENCIÓN DE LA PRESENTE SOLICITUD EN VÍA DE APELACIÓN
DISPONER QUE LA DIRECCIÓN DE LA IEP N° 0009 “JOSÉ MARÍA ARGUEDAS” HAGA ENTREGA DE COPIA DE LA FICHA DE LA ALUMNA DENISSE CARTER FERNANDA ANTONIO ROJAS Y DE LA SEGUNDA HOJA DEL REPORTE N° 2301246EA7 SiseVe.”
Este recurso fue elevado por la entidad a esta instancia mediante OFICIO N° 1207-2023-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL.05-AAJ registrada en fecha 28 de agosto de 2023.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 002592-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos;
Mediante el OFICIO N° 1384-2023-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL.05-AAJ, ingresada a esta instancia el 18 de setiembre de 2023, la entidad remite el expediente administrativo, y formula sus descargos.
Con fecha 24 de julio de 2023, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico la siguiente información:
“1. Fotocopia de la Ficha de matrícula de la alumna DENISSE CARTER FERNANDA ANTONIO ROJAS.
2. Fotocopia de documentos de atención medica del niño RODRIGO NIXON MILIAN ARIMANA que le hiciera entrega la mamá del niño mencionado el pasado 26 de Junio, fecha en que se levantara el Acta de Incidencia.
3. Copia del pantallazo de la segunda hoja de SiSeVe, Reporte N° 2301246EA7.
4. Copia del acta del 2022 que resuelve el cambio de aula de la alumna Denisse Carter Fernanda Antonio Rojas del primer Grado “A” al primer Grado “B”, reunión en la que participaran la Ex Directora Milagritos Lora Rojas, la profesora del aula Nancy Alania Guerra; y la profesora Elizabeth Rosario Tazza Quispe, docente de este colegio y abuela de la niña DENISSE CARTER FERNANDA ANTONIO ROJAS. La niña DENISSE CARTER FERNANDA ANTONIO ROJAS registra asistencia bajo mi conducción desde el 18 de julio del 2022.
Que, hago constar que las copias de los documentos solicitados no corresponden ninguno a la seguridad del Estado que sería la condición limitante para su no atención”.
Mediante el Memorándum N° 002-D-IE N°0009 JMA-2023 de fecha 27 de julio de 2023, la entidad brindó respuesta a la referida solicitud, señalando lo siguiente:
“Para la cual hago de su conocimiento que el primer documento solicitado, ficha de matrícula corresponde a documentos personales de la menor, los cuales solo pueden ser solicitados por sus padres o familiares directos debidamente acreditados.
Respecto a los documentos solicitados en los puntos 2,3 y 4, están siendo adjuntos al presente memorándum.”
Con fecha 14 de agosto de 2023, la recurrente interpuso el presente recurso de apelación ante la entidad, señalando en el Formulario Único de Trámites lo siguiente:
“I. RESUMEN DE SU PEDIDO
AUTORIZAR LA ATENCIÓN DE LA PRESENTE SOLICITUD EN VÍA DE APELACIÓN
DISPONER QUE LA DIRECCIÓN DE LA IEP N° 0009 “JOSÉ MARÍA ARGUEDAS” HAGA ENTREGA DE COPIA DE LA FICHA DE LA ALUMNA DENISSE CARTER FERNANDA ANTONIO ROJAS Y DE LA SEGUNDA HOJA DEL REPORTE N° 2301246EA7 SiseVe.”
Este recurso fue elevado por la entidad a esta instancia mediante OFICIO N° 1207-2023-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL.05-AAJ registrada en fecha 28 de agosto de 2023.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 002592-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos;
Mediante el OFICIO N° 1384-2023-MINEDU/VMGI-DRELM-UGEL.05-AAJ, ingresada a esta instancia el 18 de setiembre de 2023, la entidad remite el expediente administrativo, y formula sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala