Resolución N.° 002747-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

21 de setiembre de 2023

VISTO el Expediente de Apelación N° 02865-2023-JUS/TTAIP de fecha 25 de agosto de 2023, interpuesto por MARTINA RUTH MACHADO GUTIERREZ contra la Carta N° D000208-2023-IN-SG-OACGD, de fecha 14 de agosto de 2023, mediante la cual el MINISTERIO DEL INTERIOR atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con Expediente: 2023-0003688 de fecha 11 de agosto de 2023.
Con fecha 11 de agosto de 2023, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó la siguiente información:
“(…) NOMBRE DEL PERSONAL DE MESA DE PARTES DE MININTER QUE REGISTRÓ EL NÚMERO DE REGISTRO: 2023-0002137.”
Mediante Carta N° D000208-2023-IN-SG-OACGD, de fecha 14 de agosto de 2023, la entidad atendió el requerimiento de la recurrente brindándole el Informe N° D000017-2023-IN-SG-OACGD-ETDYAC del Coordinador del Equipo Responsable de Trámite Documentario y Atención al Ciudadano, a través del cual indica que “Se realizó la consulta en el Sistema de Gestión Documental (SGD), del expediente N° 2023-0002137 de fecha 10 de agosto del 2023, y este fue registrado por trabajador CAS Roger Huamán Flores”.
Con fecha 25 de agosto de 2023, la recurrente interpone recurso de apelación contra la Carta N° D000208-2023-IN-SG-OACGD, conforme a los siguientes argumentos:
“3. Sin embargo, el expediente N° 2023-0002137 fue registrado el 07 de agosto 2023, como se aprecia en el correo remitido a través de noreply@mininter.gob.pe, donde se aprecia el siguiente mensaje:
“Hago de su conocimiento que, su documento presentado el día 2023-08-07, a horas 03:16:46, ha sido registrado con éxito en el Sistema de Trámite Documentario Digital Web (SITRADIG WEB) el día 07/08/2023, a horas 12:51:44 asignándosele el N° de Expediente: 2023-0002137.”
Es decir, como se aprecia la información y/o supuesta respuesta del MININTER no se ajusta a la verdad pues el Expediente: 2023-0002137 fue registrado el 07 de agosto de 2023.
Aunado a esto que en otro documento en relación a otra solicitud de acceso a la información pública, el mismo señor MANUEL EDUARDO RAMOS ORTIZ COORDINADOR EQUIPO RESPONSABLE DE TRAMITE DOCUMENTARIO Y ATENCION AL CIUDADANO-OACGD señaló en el Informe N° D000014-2023-INSG- OACGD-ETDYAC emitido el 11 de agosto 2023, lo siguiente:
“Se realizó la búsqueda en el Sistema de Gestión Documental (SGD), del expediente antes solicitado, encontrando el expediente N° 2023-0002137 registrado en fecha 07 de agosto del 2023.”
POR CONSIGUIENTE, el MININTER ESTÁ DENEGANDO Y/O OCULTANDO LA RESPUESTA PUES EL Expediente: 2023-0002137 fue registrado el 07 de agosto de 2023 Y ESTÁ OCULTANDO QUIEN LO REGISTRÓ (…)”.
Mediante Resolución 002552-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales fueron atendidos con Oficio N° D000408-2023-IN-SG-OACGD de fecha 18 de setiembre de 2023, a través del cual envía el expediente administrativo y agrega que “se remite el Informe N° D000017-2023-IN-SG-OACGDETDYAC-ERTA de fecha 18 de setiembre de 2023, a través del cual el Coordinador Responsable del Equipo de Trámite Documentario y Atención al Ciudadano formula el descargo correspondiente respecto al error material referida a la fecha; sin embargo, cabe precisar que la información solicitada si fue brindada a la administrada, conforme a lo solicitado.”

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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