Resolución N.° 002699-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
18 de setiembre de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 02540-2023-JUS/TTAIP de fecha 30 de julio de 2023, interpuesto por WICHERT HUARANCA LIVISI, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JOSÉ – PUNO, con fecha 12 de mayo de 2023.
Con fecha 12 de mayo de 2023, el recurrente requirió a la entidad copia simple y/o fedateada de la siguiente información:
“(…)
AL RESPONSABLE DEL ÁREA DE RECURSOS HUMANOS:
- Contrato de la Sr. EDSON ANGEL MAMANI LARICO. [ítem 1]
- Conformidad para el pago del Sr. EDSON ANGEL MAMANI LARICO, durante su vínculo laboral en el año 2023. [ítem 2]
- Requerimiento para la contratación del Sr. EDSON ANGEL MAMANI LARICO. [ítem 3]
- Modalidad de contratación del Sr. EDSON ANGEL MAMANI LARICO. [ítem 4] RESPONSABLE DE LA UNIDAD/AREA/OFICINA DE LOGÍSTICA.
- Cotizaciones para el contrato del Sr. EDSON ANGEL MAMANI LARICO. [ítem 5]
- Cuadro comparativo de cotización de servicios, para la contratación del Sr. EDSON ANGEL MAMANI LARICO. [ítem 6]
- Órdenes de pago del Sr. EDSON ANGEL MAMANI LARICO, por los servicios prestados a la Municipalidad Distrital de San José; con todo su expediente administrativo. [ítem 7]
- Curricular Vitae documentado del Sr. EDSON ANGEL MAMANI LARICO. [ítem 8]
(…)” [sic]
Con fecha 30 de julio de 2023, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó ante esta instancia su recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 002157-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, de fecha 8 de agosto de 2023, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que en un plazo de cuatro (4) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos; sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución haya presentado documentación alguna.
Con fecha 12 de mayo de 2023, el recurrente requirió a la entidad copia simple y/o fedateada de la siguiente información:
“(…)
AL RESPONSABLE DEL ÁREA DE RECURSOS HUMANOS:
- Contrato de la Sr. EDSON ANGEL MAMANI LARICO. [ítem 1]
- Conformidad para el pago del Sr. EDSON ANGEL MAMANI LARICO, durante su vínculo laboral en el año 2023. [ítem 2]
- Requerimiento para la contratación del Sr. EDSON ANGEL MAMANI LARICO. [ítem 3]
- Modalidad de contratación del Sr. EDSON ANGEL MAMANI LARICO. [ítem 4] RESPONSABLE DE LA UNIDAD/AREA/OFICINA DE LOGÍSTICA.
- Cotizaciones para el contrato del Sr. EDSON ANGEL MAMANI LARICO. [ítem 5]
- Cuadro comparativo de cotización de servicios, para la contratación del Sr. EDSON ANGEL MAMANI LARICO. [ítem 6]
- Órdenes de pago del Sr. EDSON ANGEL MAMANI LARICO, por los servicios prestados a la Municipalidad Distrital de San José; con todo su expediente administrativo. [ítem 7]
- Curricular Vitae documentado del Sr. EDSON ANGEL MAMANI LARICO. [ítem 8]
(…)” [sic]
Con fecha 30 de julio de 2023, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó ante esta instancia su recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 002157-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, de fecha 8 de agosto de 2023, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que en un plazo de cuatro (4) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos; sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución haya presentado documentación alguna.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala