Resolución N.° 002544-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
6 de setiembre de 2023
VISTO: El Expediente de Apelación N° 02511-2023-JUS/TTAIP de fecha 31 de julio de 2023, interpuesto por ÓSCAR SIMEÓN TOLEDO MALDONADO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo, de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL, con fecha 05 de julio de 2023.
Con fecha 05 de junio de 2023, el recurrente solicitó en mérito a la Ley de Transparencia se le remita la siguiente información:
“(…) solicito la entrega de una copia simple de Resolución de Gerencia Municipal 352-2018-MPH/GM del 12-12-2018, referente a la Reconformación del Comité AD HOC del proceso de selección para la ejecución de la obra "Instalación del interceptor y construcción de la planta de tratamiento de aguas residuales de la ciudad de Huaral" y todos sus antecedentes, los mismos que son los siguientes documentos:
a) Copia de la Resolución de Gerencia Municipal N° 352-2018-MPH/GM del 12-12-2018.
b) Copia del Informe N° 2418-2018-MPH/GAF/SGLCPM del 11-12-2018 de la Sub Gerencia de Logística, Control Patrimonial y Maestranza.
c) Copia del Informe N° 319-2018/MPH-GAF de fecha 12-12-2018 del Gerente de Administración y Finanzas.
d) Copia del Informe Legal N° 1327-2018/MPH-GAJ de fecha 12-12- 018 del Gerente de Asesoría Jurídica”.
Con fecha 31 de julio de 2023, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar que la entidad no ha proporcionó la información solicitada.
Mediante Resolución N° 002337-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 04 de setiembre de 2023, la entidad remite el expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud de acceso a la información pública, asimismo formula de sus descargos.
Con fecha 05 de junio de 2023, el recurrente solicitó en mérito a la Ley de Transparencia se le remita la siguiente información:
“(…) solicito la entrega de una copia simple de Resolución de Gerencia Municipal 352-2018-MPH/GM del 12-12-2018, referente a la Reconformación del Comité AD HOC del proceso de selección para la ejecución de la obra "Instalación del interceptor y construcción de la planta de tratamiento de aguas residuales de la ciudad de Huaral" y todos sus antecedentes, los mismos que son los siguientes documentos:
a) Copia de la Resolución de Gerencia Municipal N° 352-2018-MPH/GM del 12-12-2018.
b) Copia del Informe N° 2418-2018-MPH/GAF/SGLCPM del 11-12-2018 de la Sub Gerencia de Logística, Control Patrimonial y Maestranza.
c) Copia del Informe N° 319-2018/MPH-GAF de fecha 12-12-2018 del Gerente de Administración y Finanzas.
d) Copia del Informe Legal N° 1327-2018/MPH-GAJ de fecha 12-12- 018 del Gerente de Asesoría Jurídica”.
Con fecha 31 de julio de 2023, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar que la entidad no ha proporcionó la información solicitada.
Mediante Resolución N° 002337-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 04 de setiembre de 2023, la entidad remite el expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud de acceso a la información pública, asimismo formula de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala