Resolución N.° 003998-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
10 de noviembre de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 03303-2023-JUS/TTAIP de fecha 27 de septiembre de 2023, interpuesto por FERNANDO BARRIONUEVO BLAS contra el correo electrónico de fecha 06 de septiembre de 2023, mediante el cual la CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL SANTA atendió la solicitud de acceso a la información pública de fecha 06 de septiembre de 2023.
Con fecha 06 de septiembre de 2023, el recurrente solicitó a la entidad le proporcione copia fedateada de la siguiente información:
“(…), recurro ante vuestro despacho a fin de solicitar que dentro del plazo de ley, se me brinde la información consistente en UNA COPIA FEDATEADA DEL DOCUMENTO ADMINISTRATIVO QUE ACREDITA LA RECONOCIDA EXPERIENCIA EN LA GERENCIA PRIVADA DEL ABOGADO SABINO ANDRES PONCE ROSSO”. (sic)
Mediante correo electrónico de fecha 06 de septiembre de 2023, la entidad atendió la solicitud del recurrente remitiendo el Oficio N° 042-2023-D-CAS/CH, el cual indica lo siguiente:
“ASUNTO: REMITO INFORMACIÓN
REF: OFICIO N° 000025-2022-P-CSJA-PJ
Tengo el agrado de dirigirme a usted, a fin de saludarlo cordialmente y, a la vez, brindar la información solicitada mediante el escrito de referencia, a efectos de designar como representante ante el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia del Santa, para el periodo 2023, 2024, nombrando por elección y acuerdo de Junta Directiva, al Abg. Sabino Andrés Ponce Roso, en su calidad de Decano del Colegio de Abogados del Santa, con DNI N° (…) y número de celular N° (…)”. (sic)
Con fecha 27 de septiembre de 2023, el recurrente interpuso recurso de apelación materia de análisis, al no estar conforme con la respuesta brindada, además indica lo siguiente:
“(…), NO SE ME HA INDICADO QUE SE ME OTORGARA LA COPIA FEDATEADA DE LO QUE EN FORMA CLARA Y CONCRETA, HE SOLICITADO AL AMPARO DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA, por lo que siendo así, CONSIDERO POR DENEGADO MI PEDIDO de mi escrito N° 01 sobre solicita información al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de fecha 06.09-2023 (…).” (sic)
Mediante la Resolución N° 003683-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Mediante escrito s/n, ingresado a esta instancia con fecha 03 de noviembre de 2023, la entidad señala lo siguiente:
“Se me ha notificado al correo institucional con fecha 30 de octubre del 2023, los actos administrativos emitido por su despacho; para lo cual el suscrito mediante correo electrónico de fecha 31 de octubre del 2023, se responde al primigenio correo sobre la información ya brindada al usuario, acto realizado el 25 de setiembre del 2023; es por ello, que siguiendo las instrucciones de la devolución del correo electrónico del día de la fecha, remito la documentación ya entregada al usuario mediante correo del 25/09/2023.”
Con fecha 06 de septiembre de 2023, el recurrente solicitó a la entidad le proporcione copia fedateada de la siguiente información:
“(…), recurro ante vuestro despacho a fin de solicitar que dentro del plazo de ley, se me brinde la información consistente en UNA COPIA FEDATEADA DEL DOCUMENTO ADMINISTRATIVO QUE ACREDITA LA RECONOCIDA EXPERIENCIA EN LA GERENCIA PRIVADA DEL ABOGADO SABINO ANDRES PONCE ROSSO”. (sic)
Mediante correo electrónico de fecha 06 de septiembre de 2023, la entidad atendió la solicitud del recurrente remitiendo el Oficio N° 042-2023-D-CAS/CH, el cual indica lo siguiente:
“ASUNTO: REMITO INFORMACIÓN
REF: OFICIO N° 000025-2022-P-CSJA-PJ
Tengo el agrado de dirigirme a usted, a fin de saludarlo cordialmente y, a la vez, brindar la información solicitada mediante el escrito de referencia, a efectos de designar como representante ante el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia del Santa, para el periodo 2023, 2024, nombrando por elección y acuerdo de Junta Directiva, al Abg. Sabino Andrés Ponce Roso, en su calidad de Decano del Colegio de Abogados del Santa, con DNI N° (…) y número de celular N° (…)”. (sic)
Con fecha 27 de septiembre de 2023, el recurrente interpuso recurso de apelación materia de análisis, al no estar conforme con la respuesta brindada, además indica lo siguiente:
“(…), NO SE ME HA INDICADO QUE SE ME OTORGARA LA COPIA FEDATEADA DE LO QUE EN FORMA CLARA Y CONCRETA, HE SOLICITADO AL AMPARO DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA, por lo que siendo así, CONSIDERO POR DENEGADO MI PEDIDO de mi escrito N° 01 sobre solicita información al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de fecha 06.09-2023 (…).” (sic)
Mediante la Resolución N° 003683-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos.
Mediante escrito s/n, ingresado a esta instancia con fecha 03 de noviembre de 2023, la entidad señala lo siguiente:
“Se me ha notificado al correo institucional con fecha 30 de octubre del 2023, los actos administrativos emitido por su despacho; para lo cual el suscrito mediante correo electrónico de fecha 31 de octubre del 2023, se responde al primigenio correo sobre la información ya brindada al usuario, acto realizado el 25 de setiembre del 2023; es por ello, que siguiendo las instrucciones de la devolución del correo electrónico del día de la fecha, remito la documentación ya entregada al usuario mediante correo del 25/09/2023.”
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala