Resolución N.° 003811-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

27 de octubre de 2023

VISTO el Expediente de Apelación N° 03340-2023-JUS/TTAIP de fecha 2 de octubre de 2023, interpuesto por ZACARIAS HUAYLLANI PEÑA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante el GOBIERNO REGIONAL DE TACNA, con fecha 14 de agosto de 2023.
Con fecha 14 de agosto de 2023, el recurrente requirió a la entidad se le remita a través de su correo electrónico la siguiente información:
“Solicito copias de TODO EL EXPEDIENTE debidamente foliado, que versa sobre EXTINCION DE AFECTACION EN USO que ingreso con el código 2023-1040372 y cuyo cargo se adjunta.” [sic]
Con fecha 2 de octubre de 2023, el recurrente presentó ante esta instancia su recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 003601-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 13 de octubre de 2023, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio, y se requirió a la entidad que en un plazo de cuatro (4) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos.
En atención a ello, mediante el OFICIO N° 907-2023-ORPII-LTAIPGGR/GOB.REG.TACNA, ingresado a esta instancia con fecha 23 de octubre de 2023, la entidad informó que mediante el correo electrónico de fecha 19 de octubre de 2023, remitió al recurrente la CARTA N° 0713-2023-GGR-ORPIILTAIP/GOB.REG.TACNA, adjuntando la documentación requerida por el administrado.
En esa línea, se aprecia en autos el correo electrónico de fecha 20 de octubre de 2023, mediante el cual el recurrente respondió a la comunicación descrita en el párrafo anterior con el mensaje “Recibido Conforme Gracias.”

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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