Resolución N.° 003687-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
20 de octubre de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 03142-2023-JUS/TTAIP de fecha 18 de septiembre de 2023, interpuesto por RENZO MIJAIL SIGUAS LASTARRIA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el OCTAVO JUZGADO DE PAZ LETRADO - CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA, de fecha 03 de julio de 2023, registrado con código de digitación N° 0000031667-2023-ESC-JP-CI, y reiterativo de fecha 24 de julio de 2023 con código de digitación N° 0000035769-2023-ESC-JP-CI.
Con fecha 03 de julio de 2023, el recurrente solicitó a la entidad le remita la siguiente información:
“(…), solicito se sirva proporcionar COPIA SIMPLE del EXPEDIENTE NÚMERO 04616-2012-0-1801-JP-CI-08 documentos que a continuación indico.
1. De la DEMANDA DE OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO con sus correspondientes anexos.
2. Del AUTO ADMISORIO con los cargos de notificación a las partes procesales.
3. De la SENTENCIA con los cargos de notificación a las partes procesales, en caso de existir el actuado procesar citado.
4. De no existir SENTENCIA sírvase informar.”.
Con fecha 18 de septiembre de 2023, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 003492-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales no fueron presentados a la fecha de emisión de la presente resolución.
Mediante documento s/n ingresado a esta instancia con fecha 12 de octubre de 2023, el recurrente solicitó dar trámite a su recurso de apelación.
Con fecha 03 de julio de 2023, el recurrente solicitó a la entidad le remita la siguiente información:
“(…), solicito se sirva proporcionar COPIA SIMPLE del EXPEDIENTE NÚMERO 04616-2012-0-1801-JP-CI-08 documentos que a continuación indico.
1. De la DEMANDA DE OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO con sus correspondientes anexos.
2. Del AUTO ADMISORIO con los cargos de notificación a las partes procesales.
3. De la SENTENCIA con los cargos de notificación a las partes procesales, en caso de existir el actuado procesar citado.
4. De no existir SENTENCIA sírvase informar.”.
Con fecha 18 de septiembre de 2023, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 003492-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales no fueron presentados a la fecha de emisión de la presente resolución.
Mediante documento s/n ingresado a esta instancia con fecha 12 de octubre de 2023, el recurrente solicitó dar trámite a su recurso de apelación.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala