Resolución N.° 003378-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
15 de noviembre de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 03674-2023-JUS/TTAIP de fecha 24 de octubre de 2023, interpuesto por GERARDO ALONSO CHUMPITAZ MORALES, contra la CARTA N° 117-2023MDCA/RT de fecha 17 de octubre de 2023, mediante la cual la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 30 de setiembre de 2023.
De autos se advierte, con fecha 30 de setiembre de 2023, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico la siguiente información:
“(…)
N° Partida Registral del Complejo Deportivo “José Pain Cilich” ubicado en cerro Azul, Cañete.” (sic)
Así, con CARTA N° 117-2023MDCA/RT de fecha 17 de octubre de 2023, la entidad atendió la solicitud del recurrente indicando lo siguiente:
“(...)
Habiendo procurado absolver su solicitud mediante la generación del siguiente INFORME N° 138-2023-TP/MDCA, alcanzo las respuestas que dicho documento ha generado la Gerencia de Administración Tributaria, que mediante el Memorándum N° 0978-2023-GAT/MDCA, se informa que NO es competencia de la Municipalidad brindar Partidas Registrales a un administrado y/o contribuyente debido a que las competencias de esta Entidad Edil y de todas las Municipalidades de gobiernos locales solo gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con el artículo 2 de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades.
Asimismo, se indica que la entidad competente en brindar o entregar partidas registrales es la Superintendencia Nacional de Registros Públicos -SUNARP.” (sic)
Ante ello, el 24 de octubre de 2023 el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis alegando lo que se detalla a continuación:
“(...)
En vista de la vulnerabilidad de mi derecho fundamental de acceder a la información pública, solicito que a través del presente recurso impugnatorio vuestra sala disponga que la Municipalidad Distrital de Cerro Azul me entregue de forma inmediata la información solicitada el día 30 de setiembre del 2023, según los requerimientos solicitados y de forma completa, la que es:
- Número de partida registral del complejo deportivo “José Pain Cilich” Ubicado en Cerro Azul, Cañete.” (sic)
Mediante la Resolución N° 03186-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos.
De autos se advierte, con fecha 30 de setiembre de 2023, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico la siguiente información:
“(…)
N° Partida Registral del Complejo Deportivo “José Pain Cilich” ubicado en cerro Azul, Cañete.” (sic)
Así, con CARTA N° 117-2023MDCA/RT de fecha 17 de octubre de 2023, la entidad atendió la solicitud del recurrente indicando lo siguiente:
“(...)
Habiendo procurado absolver su solicitud mediante la generación del siguiente INFORME N° 138-2023-TP/MDCA, alcanzo las respuestas que dicho documento ha generado la Gerencia de Administración Tributaria, que mediante el Memorándum N° 0978-2023-GAT/MDCA, se informa que NO es competencia de la Municipalidad brindar Partidas Registrales a un administrado y/o contribuyente debido a que las competencias de esta Entidad Edil y de todas las Municipalidades de gobiernos locales solo gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con el artículo 2 de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades.
Asimismo, se indica que la entidad competente en brindar o entregar partidas registrales es la Superintendencia Nacional de Registros Públicos -SUNARP.” (sic)
Ante ello, el 24 de octubre de 2023 el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis alegando lo que se detalla a continuación:
“(...)
En vista de la vulnerabilidad de mi derecho fundamental de acceder a la información pública, solicito que a través del presente recurso impugnatorio vuestra sala disponga que la Municipalidad Distrital de Cerro Azul me entregue de forma inmediata la información solicitada el día 30 de setiembre del 2023, según los requerimientos solicitados y de forma completa, la que es:
- Número de partida registral del complejo deportivo “José Pain Cilich” Ubicado en Cerro Azul, Cañete.” (sic)
Mediante la Resolución N° 03186-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala